Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2017 (25/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de marzo de 2017 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE:

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Disponen publicar proyecto de "Lineamientos para la Gestión del Proceso de Cultura y Clima Organizacional del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos" en el portal de SERVIR
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 036-2017-SERVIR-PE Lima, 23 de marzo de 2017 Visto; el Informe N° 063-2017-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM señala los procesos que, como mínimo, contienen los sub sistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así dentro del subsistema de Gestión de Relaciones Humanas y Sociales, se encuentra el proceso de cultura y clima organizacional; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS señala que: "Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas"; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, propone el proyecto de los "Lineamientos para la Gestión del Proceso de Cultura y Clima Organizacional del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos"; por lo que resulta necesario disponer la publicación de dicho proyecto, su exposición de motivos así como el plazo para la recepción de comentarios que las personas interesadas formulen sobre el particular; Con la visación de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica y; De conformidad con el literal n) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado

Artículo Primero.- Disponer, a partir de la fecha, la publicación en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.servir.gob. pe) del proyecto de "Lineamientos para la Gestión del Proceso de Cultura y Clima Organizacional del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos"; y, su exposición de motivos, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta. Artículo Segundo.- Los comentarios que cualquier persona natural o jurídica considere pertinente alcanzar, deberán remitirse a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, al siguiente correo electrónico: comentariosdirectivas@servir.gob.pe y serán recibidos durante los veinte (20) días calendarios siguientes a la fecha de la publicación a que alude el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1500995-1

Disponen publicar proyecto de "Lineamientos para la Gestión del Proceso de Comunicación Interna del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos" en el portal de SERVIR
RESOLUCIÓN PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 037-2017-SERVIR-PE Lima, 23 de marzo de 2017 Visto; el Informe N° 062-2017-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM señala los procesos que, como mínimo, contienen los sub sistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así dentro del subsistema de Gestión de Relaciones Humanas y Sociales, se encuentra el proceso de comunicación interna; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS señala que: "Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas

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