Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2017 (25/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de marzo de 2017 /

El Peruano

VISTOS: La Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial, Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 083-99-SE-TPCME-PJ, Resolución Administrativa N° 145-2016-P-CSJV/ PJ, Resolución Administrativa N° 483-2016-P-CSJV/PJ e Informe N° 063-2017-OAD-CSJV/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Con Resolución Administrativa de vistos se aprueba el Reglamento de Peritos Judiciales, la cual refiere en su artículo 3° que el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), es un organismo de auxilio judicial de carácter público y constituye una base de datos que cuenta con información específica y actualizada de los profesionales o especialistas seleccionados. Segundo: El artículo 7° del citado Reglamento establece que la autoridad responsable de conducir el proceso de Evaluación y Selección de los Peritos Judiciales es el Presidente de la Corte Superior de Justicia en cada Distrito Judicial y para el cumplimiento de su función podrá asistirse de los Colegios Profesionales y/o Instituciones Especializadas. Tercero: Con Resolución Administrativa N° 145-2016-P-CSJV/PJ, se revalidó y aprobó la Nómina de Peritos Judiciales de este Distrito Judicial, para el año 2016 y 2017. Cuarto: Mediante Resolución Administrativa N° 483-2016-P-CSJV/PJ, se aprobó la Nómina de Peritos Judiciales con especialidad de Grafotecnia correspondiente al periodo 2016 y 2017. Quinto: Que a través de Informe N° 063-2017-OADCSJV/PJ de la Oficina de Administración Distrital, se adjunta el Informe N° 006-2017-SJR-CSJV-PJ, emitido por el Responsable del Area de Servicios Judiciales, quien hace de conocimiento la necesidad de precisar que la vigencia de la Resolución Administrativa N° 145-2016-P-CSJV/PJ y Resolución Administrativa N° 483-2016-P-CSJV/PJ es hasta el 31 de Diciembre de 2017, no obstante a que todos los Peritos Judiciales de la Nómina revalidada y aprobada de la primera de las Resoluciones mencionadas, cumplan con el pago del Derecho respectivo por revalidación, para el presente Año Judicial 2017, así como llevar a cabo su proceso de revalidación, de ser el caso; esto en cumplimento de lo señalado en el artículo 21 del Reglamento que nos ocupa, que textualmente dice: "Anualmente el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente". Sexto: Adicionalmente a ello, estando a lo dispuesto en el artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales, que señala textualmente que "(...)Cada dos años, se someterá a una prueba de Evaluación de Conocimientos, que estará a cargo de los Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad, y podrá ser supervisada por el Poder Judicial"; esta Presidencia considera necesario comprobar la permanente reactualización e idoneidad profesional de los Peritos Judiciales adscritos a la Nómina Oficial vigente, y estando a que cuentan con mas de dos años de integrar la Nómina Oficial, resulta conveniente conformar la Comisión Especial encargada de la Organización y Supervisión de la Evaluación de Conocimientos de los Peritos Judiciales del Distrito Judicial de Ventanilla. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRECISAR que la vigencia de la Revalidación dispuesta en el Artículo Primero de la Resolución Administrativa N° 145-2016-P-CSJV/PJ, referido a los Peritos Judiciales de Especialidad Ingeniería, Arquitectura, Economía y Contabilidad es sólo hasta el 31 de Diciembre de 2017, debiendo para tal fin cumplir con la presentación del pago del derecho respectivo por revalidación para el presente Año Judicial 2017, desde el 27 de marzo hasta el 15 de Abril del presente año, caso contrario serán excluidos.

Artículo Segundo.- DISPONER el inicio del Proceso de Revalidación de Inscripción de los señores Peritos Judiciales, que se encuentran en la Nómina de Peritos Judiciales incorporados a través del artículo Segundo de la Resolución Administrativa N° 145-2016-P-CSJV/PJ, dicha revalidación será solo para el año 2017. Artículo Tercero.- ESTABLECER que la presentación de las solicitudes de Revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales señalados en el artículo anterior, se iniciará el 27 de marzo y culminará el 15 de Abril del presente año, para lo cual los Peritos Judiciales, deberán cumplir en estricto con los requisitos establecidos en el Reglamento de Peritos Judiciales y su modificatoria, así como lo indicado en la Resolución Administrativa Nº 161-2015-CE-PJ, caso contrario serán excluidos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Abogado Miguel Ángel Medina Obregón, Jefe de la Oficina de Administración Distrital, para el cumplimiento de lo antes dispuesto, y asimismo para que a través del Área de Servicios Judiciales, coordine con los Colegios Profesionales para poner en conocimiento de sus agremiados las disposiciones del Proceso de Revalidación, señalado en el artículo segundo y tercero. Artículo Quinto.- PRECISAR que la vigencia de lo dispuesto en el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa N° 145-2016-P-CSJV/PJ es sólo hasta el 31 de Diciembre de 2017. Artículo Sexto.- CONFORMAR para el presente año Judicial 2017, la Comisión Especial encargada de la Organización y Supervisión de la Evaluación de Conocimientos de los Peritos Judiciales del Distrito Judicial de Ventanilla que hayan cumplido los dos años de estar integrando la Nómina Oficial de Peritos Judiciales, esto para comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional; la misma que estará integrada según se detalla a continuación:
Dra. Ana Mirella Vásquez Bustamante Dra. Estela Alejandrina Solano Alejo Dra. Miryam Rosemarie Ordoñez Zavala Lic. Saida Guissela Cuenca Rivera Presidenta Miembro Miembro Secretaria Técnica

Artículo Sétimo.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerente General del Poder Judicial, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia y demás interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1500764-1

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RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0008-2017-BCRP-N Lima, 21 de marzo de 2017 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una Invitación del Scotiabank para participar en el "2017 Scotiabank Global Central Bank & Public Institutions Conference", que se llevará a cabo del

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