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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2017 (29/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 El Peruano / fi nanciera, presupuestaria y complementaria, mediante control de cambios u hojas de trabajo, los datos que requieran aclaración, ampliación, mejora o supresión, con la fi nalidad de establecer la fi abilidad y comprensibilidad de la información. c) Coordinar la versión fi nal del Proyecto de la Cuenta General de la República, con la Comisión de Trabajo y los profesionales designados. d) Presentar un informe fi nal sobre el resultado de la revisión del Proyecto de la Cuenta General de la República y e) Otras funciones encargadas por el Presidente de la Comisión de Trabajo y el Director General de la Dirección General de Contabilidad Pública. Artículo 6°.- Instalación La Comisión de Trabajo se instalará en el plazo de tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral Artículo 7°.- Plazo para la elaboración y revisión de la Cuenta General de la República (TOMO I y II) El plazo para la elaboración y revisión de la Cuenta General de la República, será de acuerdo a lo que se indica en el Cronograma General adjunto, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 8°.- Difusión Disponer la difusión de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe, en la misma fecha de publicación que en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ Director GeneralDirección General de Contabilidad Pública 1502406-1 EDUCACION Aceptan renuncia y encargan funciones de Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2017-MINEDU Lima, 27 de marzo de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 111-2015-MINEDU, se designó a la señora FLOR DE ESPERANZA BLANCO HAUCHECORNE en el cargo de Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y encargar las funciones de Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a fi n de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora FLOR DE ESPERANZA BLANCO HAUCHECORNE, al cargo de Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar las funciones de Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, a la señora MARIELA PÉREZ-COSTA PISCOYA, Coordinadora de Atracción Docente de la referida Dirección, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1502611-1 Autorizan Transferencia Financiera para finanaciar el desembolso 4 del Convenio N° 151-2016-MINEDU suscrito entre el Ministerio y el INEI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 196-2017-MINEDU Lima, 27 de marzo de 2017 CONSIDERANDO Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autorizó a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2016, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que trans fi ere los recursos, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 676-2016-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 477 963 653,00 (DOCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2017, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y