Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2017 (07/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Domingo 7 de mayo de 2017 /

El Peruano

Gonzáles Aquino, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 4884-2015-MP-FN y 3027-2016-MP-FN, de fechas 02 de octubre de 2015 y 30 de junio de 2016, respectivamente. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Francy Paola Ramos Espino, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Miraflores, Distrito Fiscal de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5077-2015-MP-FN, de fecha 09 de octubre de 2015. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Carmela Sara Luz Gonzáles Aquino, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Miraflores, Distrito Fiscal de Lima. Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Francy Paola Ramos Espino, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Vigésima Segunda Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima y Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1517266-5 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1463-2017-MP-FN Lima, 5 de mayo de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 981-2017-MP-PJFS-DF-SANTA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Edwin Eduardo Haro Tantaquilla, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Santa, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Santa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1517266-6

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona jurídica en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1617-2017 Lima, 24 de abril de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Elizabeth Castro Castro de Baillón para que se autorice la inscripción de la empresa E & L. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. pudiendo utilizar la denominación abreviada E & L CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el citado Registro; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 05-2017-CEI celebrada el 09 de marzo de 2017, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa E & L. ASESORES Y CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. pudiendo utilizar la denominación abreviada E & L CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., con matrícula N.° J-0839. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1516839-1

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