Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 11 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante informe legal Nº 100-2013-MPY/AL, se opinión favorable para la creación de la municipalidad del Centro Poblado -San Pedro de Cusi, puesto que cuenta con todos los requisitos legales, asimismo se cuenta y sustenta con las opiniones favorable, con informe favorable de Gerencia Municipal. Que hace las veces de la oficina de Planificación y Presupuesto y de la oficina de Desarrollo Urbano; Que, mediante Acuerdo de Concejo de fecha 31 de diciembre del 2013 y con el voto unánime de la Regidores de la Municipalidad Provincial de Yauyos, acordó aprobar la creación de la Municipalidad del centro Poblado San Pedro de Cusi, distrito de Colonia, provincia de Yauyos, Región Lima Provincias; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por el inciso del Art. 9º e inciso 5) del artículo 20º de la ley número 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, y demás normas pertinentes, se aprobó la siguiente : ORDENANZA MUNICIPAL DE CREACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SAN PADRO DE CUSI,DISTRITO DE COLONIA, PROVINCIA DE YAUYOS-REGIÓN LIMA PROVINCIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1º. OBJETO. El objeto de la presente Ordenanza es regular la creación de la Municipalidad del Centro Poblado San Pedro de Cusi, determinando las competencias, funciones y atribuciones administrativas, económico tributarias, a ser ejercidas de acuerdo a la ley orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, permitiéndose sostener la prestación de servicios públicos locales. Artículo 2º. AMBITO DE APLICACIÓN. El ámbito de aplicación de la presente ordenanza se circunscribe a la jurisdicción de la municipalidad de Centro Poblado San Pedro de Cusi, del distrito de Colonia, provincia de Yauyos, región Lima Provincias CAPITULO II DE LA ADECUACIÓN Y PATRIMONIO MUNICIPAL Artículo 3º.- DE LA CREACIÓN Y DELIMITACIÓN. Créase la Municipalidad del centro poblado San Pedro de Cusi, de conformidad a la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, asumiendo y ejerciendo las competencias y funciones específicas sobre la materia señalada en el capítulo IV de la presente Ordenanza con carácter exclusivo, para el cumplimiento de la prestación de los servicios públicos delegados. La municipalidad de centro poblado San Pedro de Cusi, que se crea, comprende el ámbito territorial de los siguientes caseríos: Cocha, Huayo, Huañique, Pueblo Nuevo y su capital San Pedro de Cusi conforme se ha acreditado con las actas de asamblea y padrones correspondientes que obran en el expediente. Artículo 4º.- PATRIMONIO MUNICIPAL. Constituyen patrimonio municipal los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad, conforme lo estipula los artículos 55º y 56º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Además se considera como recursos de la municipalidad de Centro Poblado San Pedro de Cusi, lo siguiente: 1) Las transferencias que deberá aprobar la Municipalidad Provincial de Yauyos mediante Ordenanza, en proporción a su población y los servicios públicos delegados de acuerdo a lo expresado en el artículo 133º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972. 2) Las transferencias a través de las rentas, facultadas a recaudar y que se precisan en la presente ordenanza. 3) Las demás que le asignare la Ley y la Municipalidad distrital de Colonia

Según disposiciones de las materias vigentes y aplicables. Dichas transferencias servirán para el cumplimiento de las prestación de los servicios públicos delegados a su población y que son con cargo a rendición de cuentas en forma mensual, respecto de los importes que reciban y recauden, bajo responsabilidad del Alcalde del Centro Poblado y las que en caso serán consideradas dentro de los alcances del Artículo 133º de la Ley 217972 ­Ley Orgánica de Municipalidades. CAPITULO III DESIGNACIÓN Y PERIODO DE AUTORIDADES. Artículo 5º.- DESIGNACIÓN Y PERIODO DE AUTORIDADES. La Municipalidad del Centro Poblado San Pedro de Cusi, está conformada por un (01) Alcalde delegado y cinco (05) regidores que serán elegidos por un periodo de cuatro (04) años, conforme a la ordenanza que dicta la Municipalidad Provincial de Yauyos. El Alcalde de la Municipalidad de centro poblado y los regidores son proclamados por el Alcalde de la Municipalidad provincial, ratificando el resultado de las elecciones convocadas para tal fin. DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA. Artículo 6º. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ADMINISTRATIVA. La Municipalidad de Centro de Poblado San Pedro de Cusi, deberá contar con una estructura organizativa que responda a las competencias establecidas en la presente Ordenanza. Artículo 7º.-ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. La administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior. El mismo se rige por los principios de legalidad, economía. Transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana y adecuarse a lo dispuesto a la ley del procedimiento administrativo general Ley Nº 27444, Artículo 8º.-ESTRUCTURA MUNICIPAL BÁSICA. 1. La estructura municipal básica de la municipalidad de centro poblado San Pedro Cusi, comprenderá: El órgano de gobierno, constituido por el concejo municipal, la alta dirección constitución por la alcaldía y el órgano administrativo, que básicamente estará a cargo del despacho de alcaldía, hasta que la municipalidad ostente suficientes recursos para contratar a un administrador permanente, siendo que las labores de apoyo y de línea serán realizadas por servidores que la municipalidad del centro poblado contratará de acuerdo a los recursos asignados recaudados. CAPÍTULO IV COMPETENCIA Y FUNCIONES EN EL GOBIERNO LOCAL Artículo 9º.- COMPETENCIA Y FUNCIONES La municipalidad de centro poblado San Pedro de Cusi, tendrá a su cargo, por delegación, competencias y facultades en las siguientes materias: 1.- ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO a. Aprobar el plan rural del centro poblado según corresponda, con sujeción a las normas municipalidades distritales de la materia. b. Autorizar y fiscalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental.

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