Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO:

Jueves 11 de mayo de 2017 /

El Peruano

Presupuesto Participativo en el Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2018"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que "Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia", en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo 197º de la norma constitucional acotada, establece que "Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local". Asimismo, el Artículo 199º de la referida Carta Magna establece que "(...) Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participación de los pobladores y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley." Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "(...) La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.(...)" Que, el Artículo 53º de la Ley Nº 27972, establece que "Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdicción, el presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación." Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, con la finalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo ineficacias en la asignación de los recursos públicos. Que, es política de la actual gestión edil, impulsar la facultad del Concejo Municipal para aprobar las disposiciones necesarias que regulen el Proceso del Presupuesto Participativo del distrito para el Año Fiscal 2018, como instrumento democrático para la gestión del desarrollo local, a efectos de que las organizaciones sociales de la sociedad civil participen conjuntamente con sus autoridades municipales y otros agentes locales en actividades que promuevan el desarrollo a través de los diversos mecanismos como medio de fortalecimiento de la democracia desde su base inicial. Que, con Informe Nº 026-2017-MDP/GPP de fecha de 24 de Abril del 2017, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicita se apruebe el proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2018. Que, con Informe Nº 108-2017-MDP/GAJ de fecha 26 de Abril 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la aprobación del proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo 2018 y se someta al Pleno del Concejo Municipal para su debate conforme lo dispone los numerales 1) y 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Estando a lo expuesto, con el voto MAYORITARIO de los señores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 1) y 8) del Artículo 9º y Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC PARA EL AÑO FISCAL 2018 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de

Que, mediante Ordenanza Nº 512-MDJM, se aprobó la regularización de edificaciones ejecutadas sin licencia de edificaciones en el distrito de Jesús María, siendo que el objeto de la citada norma es el de fomentar la revaloración de los predios, estableciendo beneficios de carácter temporal y flexibilizando la aplicación de las normas técnicas y legales que permitan el otorgamiento de licencias de edificación, incentivando la formalización y cumplimiento de las normas de edificaciones y así permitir actualizar y contar con información veraz respecto del ordenamiento urbano y lograr el crecimiento urbano ordenado del distrito; Que, la Segunda Disposición Final de la referida ordenanza establece que el plazo de vigencia del beneficio de regularización de edificaciones puede prorrogarse a través de un decreto de alcaldía; Que, resulta recomendable prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 512-MDJM dada la acogida del beneficio otorgado entre los vecinos del distrito, permitiendo a su vez el cumplimiento de los objetivos de la referida ordenanza; y, Estando a las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y Gerencia de Desarrollo Urbano en señal de conformidad técnica y legal y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 512-MDJM hasta el día 09 de junio de 2017, de conformidad con los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Planeamiento Urbano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el portal institucional (www.munijesusmaria.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1518883-1

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo en el distrito, para el Año Fiscal 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 181-2017-MDP/C Pachacámac, 28 de abril del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Abril del 2017, el Informe Nº 026-2017-MDP/GPP de fecha de 24 de Abril del 2017 e Informe Nº 108-2017-MDP/ GAJ de fecha 26 de Abril 2017, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Asesoría Jurídica, respectivamente, sobre proyecto de Ordenanza Municipal que "Aprueba el Reglamento para el Proceso del

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