Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de mayo de 2017 /

El Peruano

Juan de Lurigancho, siendo esta su competencia según lo establece el ROF vigente. Artículo Sétimo.- DISPONER el cumplimento y notificación pertinente y de acuerdo a Ley, al administrado, del contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUANA MUNARES FLORES Subgerente de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas 1518181-1

Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA: 1. Aprobar las Bases del Concurso Público de Méritos N° 001-2016-MPC para cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo en la Gerencia de Ejecución Coactiva, dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas. 2. Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas el cumplimiento del presente Acuerdo. 3. Dispensar al presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1518410-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Bases del Concurso Público de Méritos para cubrir plaza de Ejecutor Coactivo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2017 Callao, 24 de marzo de 2017 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 027-2017-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades al Nº 000034-2004; y Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 32 señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la asignación de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Que, mediante Informe N° 135-2017-MPC/GGATR la Presidenta de la Comisión de Concurso Público de Méritos para cubrir plaza de Ejecutor Coactivo, remite el Proyecto de Bases del Concurso Público de Méritos N° 001-2016MPC para cubrir la plaza de un (01) Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Ejecución Coactiva dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el mismo que fue convocado de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Alcaldía Nº 082-2016-MPC-AL del 2 de febrero de 2016 modificada con Resolución de Alcaldía N° 591-2016-MPC-AL del 08 de junio de 2016; Que, mediante Memorando N° 383-2016-MPC/ GGAJC, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación es de opinión que resulta procedente la aprobación del Proyecto de Bases del Concurso Público de Méritos N° 001-2016-MPC para cubrir la plaza de (01) Ejecutor Coactivo de la Gerencia de Ejecución Coactiva dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas; Que, mediante Memorando N° 231-2017-MPC/ GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, manifiesta que la plaza vacante solicitada para la contratación de un Ejecutor Coactivo, de acuerdo a lo señalado en las bases, corresponde al nivel remunerativo F-2 y se encuentra previsto en Presupuesto Institucional 2017 y Presupuesto Analítico de Personal PAP de la Municipalidad Provincial del Callao, bajo la modalidad establecida en el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento, por lo que considera que corresponde continuar con el trámite administrativo correspondiente;

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARAVELI
Autorizan viaje de alcalde a España, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2017-MPC Caravelí, 27 de abril de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARAVELI VISTO: En Sesión Ordinaria Nº 008-2017-MPC de fecha 27 de abril del 2017, la invitación cursada por la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras Oficio Nº 243-APCE-17 de fecha 05 de abril del 2017, el Proveído de Gerencia de Administración y Fianzas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 243-APCE-17de fecha 05 de abril del 2017, la Asociación Peruana de Ciudades Educadoras formula invitación a participar en la "VI Visita Técnica Internacional al Ayuntamiento de Madrid ­ España" a realizarse del 21 al 28 de mayo del presente, con el objetivo de adquirir conocimientos sobre la gestión del buen gobierno de Municipios y Regiones, además de conocer las políticas públicas vinculadas al mejoramiento de la educación, gestionar emprendimientos de comercio justo, generar hermanamientos entre las ciudades españolas y las peruanas, conocer proyectos sociodeportivos que pudieran ser replicados en nuestro país y empoderar a las autoridades peruanas sobre la importancia de una visión y participación global de sus ciudades. Asimismo, servirá para difundir los principales atractivos de la provincia de Caravelí posicionándolo como una de las primeras ciudades productoras de pisco y vino, ya que desde los años de 1600 se tiene conocimiento del afamado pisco de Caravelí; Que, el artículo 9, numeral 11, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al concejo municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario;

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