Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 11 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Pachacámac para el Año Fiscal 2018, que consta de 03 Títulos, 03 Capítulos, 17 Artículos y 04 Disposiciones Generales, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Equipo Técnico Municipal responsable del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2018, el mismo que estará conformado por las siguientes Unidades Orgánicas: - GERENTE DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO QUIEN LA PRESIDIRÁ - GERENTE DE DESARROLLO HUMANO Y PROMOCIÓN SOCIAL - GERENTE DE DESARROLLO URBANO Y RURAL - GERENTE DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y MEDIO AMBIENTE - GERENTE DE TURISMO Y DESARROLLO ECONÓMICO - GERENTE DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL - SUB GERENTE DE PARTICIPACIÓN VECINAL - SUB GERENTE DE JUVENTUD, EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma General de las Acciones del Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de Pachacámac para el Año Fiscal 2018, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- CONVOCAR a los vecinos del Distrito de Pachacámac, a través de sus Organizaciones, para dar inicio al Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2018, incorporando en este proceso la participación de los niños (as) y adolescentes del Distrito de Pachacámac, e incorporando también un proceso exclusivo para el género femenino. Artículo Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Humano y Promoción Social, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y demás Unidades Orgánicas el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza, así como a la Subgerencia de Estadística e Informática la publicación de la misma en el portal institucional de esta Municipalidad y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión correspondiente. Artículo Séptimo.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Asimismo dispóngase en la misma fecha la publicación en la página web de esta corporación municipal, así como del Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo 2018 en el Distrito de Pachacámac. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1518854-1

El Informe Nº 057-2017-MDP/GFC de fecha 21 de Abril del 2017, emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre "Prórroga de plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 147-2015-MDP/C, que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de Junio del 2015, se aprobó la "Ordenanza que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación", dentro del cual se establece como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2015. Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 005-2017-MDP/A de fecha 20 de Marzo del 2017, se decreta prorrogar el plazo de vigencia de la citada ordenanza hasta el 28 de Abril del 2017. Que, en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación así como disponer la prórroga de la misma. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, estando a lo expuesto y en uso delas facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 147-2015-MDP/C, hasta el 31 de Mayo del 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Control el fiel cumplimiento del presente Decreto. Asimismo a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática la publicación y difusión del presente decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe) y otros medios de comunicación, respectivamente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1518853-1

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 147-2015-MDP/C que aprobó beneficios para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2017-MDP/A Pachacámac, 24 de abril del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC

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