Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 12 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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de 2017 del personal designado, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero correspondiente al período comprendido del 16 de mayo al 26 de junio de 2017 (seis semanas), así como el pago por el gasto de traslado de ida y el 20% de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero por transporte local correspondiente al periodo comprendido del 27 de junio al 31 de diciembre de 2017 se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y los pagos correspondientes a los años posteriores se harán con cargo al presupuesto del sector público del Año Fiscal que corresponda; Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América asumirá los gastos de hospedaje y alimentación del personal designado durante el periodo del 27 de junio al 31 de diciembre de 2017; por lo cual, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, corresponde se le otorgue el pago del 20% de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero para cubrir el gasto de transporte interno; asimismo, considerando que la duración de la Misión de Estudios se extiende por más de un año, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de viajes al Exterior del Personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado con el D.S N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, corresponde se le otorgue el pago de gastos de traslado de ida; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0051 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 04 de mayo de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes internacionales y Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero en Misión de Estudios que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes internacionales, Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y gastos por traslado por Misión de Estudios de acuerdo a lo establecido en el artículo 08 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar

y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior, concordado con la Resolución Ministerial N° 1500-2016-DE/SG de fecha 22 de diciembre de 2016 que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/SG de fecha 06 de noviembre de 2015, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Comandante FAP ISRAEL JAVIER CALMET FERNANDEZ, identificado con NSA: O-9646395 y DNI: 10267655, para que participe en el Curso de la Escuela Superior de Guerra Aérea de los Estados Unidos de América, que se realizará en la Base Aérea de Maxwell, ubicada en el Estado de Alabama ­ Estados Unidos de América del 16 de mayo de 2017 al 17 de mayo de 2018; así como, su salida del país el 15 de mayo de 2017 y retorno el 18 de mayo de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos ida: Lima ­ Alabama (Estados Unidos de América) Esposa y dos (02) hijos US $ 1,750.45 x 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 5,251.35 Gastos de traslado ­ Ida (Equipaje, bagaje e instalación) US $ 5,775.05 x 02 x 01 persona = US $ 11,550.10

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 5,775.05 / 31 x 16 días x 01 persona = US $ 2,980.67 US $ 5,775.05 / 30 x 26 días x 01 persona = US $ 5,005.04 20% de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 5,775.05 / 30 x 04 días x 20% x 01 persona = US $ 154.00 US $ 5,775.05 x 06 meses x 20% x 01 persona = US $ 6,930.06 ----------------------Total a pagar = US $ 31,871.22

Artículo 3.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa ­ Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- Los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta, así como el hospedaje y alimentación correspondiente al periodo comprendido del 27 de junio al 31 de diciembre de 2017 del personal designado, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 5.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto

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