Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de mayo de 2017 /

El Peruano

El desarrollo de la presente política tuvo dos grandes fases. En la primera fase se revisaron (1) normas legales, documentos de gestión, planes y programas existentes relacionados con el deporte a nivel nacional; (2) artículos de investigación, artículos periodísticos y datos estadísticos; (3) las políticas y planes de países referentes; y (4) entrevistas a referentes nacionales en gestión deportiva. Producto de esta investigación se desarrolló y presentó un primer proyecto de Política Nacional del Deporte La segunda fase tuvo como objetivo presentar el proyecto y recoger los comentarios y aportes de los representantes del SISDEN y de la ciudadanía en general con la finalidad de presentar una segunda versión en base a estos aportes. En primer término, el IPD presentó el proyecto a la Comisión Consultiva del Deporte constituida por Resolución Suprema Nº 031-2015-MINEDU. Luego, se realizaron cuatro foros en universidades, donde se presentó el proyecto de política y se recogieron los principales aportes de los representantes del SISDEN. Finalmente, el proyecto fue publicado en la página web del IPD con la finalidad de recoger aportes de la ciudadanía en general. Todos los aportes alcanzados han sido debidamente analizados y merituados y producto de ellos se presenta esta segunda versión. La Política Nacional del Deporte está organizada en cuatro principales secciones. En primer lugar, se presenta las políticas nacionales y el marco jurídico que sustentan la prioridad del fomento y desarrollo del deporte en la ciudadanía en general. En segundo lugar, se presentan los argumentos conceptuales que sustentan la necesidad de contar con una política nacional del deporte. En tercer lugar la situación general del deporte peruano identificando los principales problemas detectados en el diagnóstico. Finalmente, en la cuarta sección, se desarrolla la propuesta de Política que abarca el propósito general, los principios rectores, la visión compartida, los componentes y roles de los actores de la Política Nacional del Deporte, los objetivos estratégicos y los indicadores de desempeño propuestos para medir el logro de los objetivos; así como las acciones estratégicas. Esta propuesta, traza la dirección a largo plazo para todas las organizaciones públicas y privadas que están comprometidas con el desarrollo del deporte en el país. I. BASE NORMATIVA En el presente acápite, se señalan las políticas nacionales y el marco jurídico que sustentan la prioridad del fomento y desarrollo del deporte en la ciudadanía en general. 1.1 POLÍTICAS NACIONALES - Acuerdo Nacional El Acuerdo Nacional fue suscrito en el 2002 por representantes de los tres niveles de gobierno y principales instituciones políticas y sociales del país. En dicho documento, se definen las Políticas de Estado que son lineamientos generales para lograr un desarrollo inclusivo, equitativo y sostenible y para afirmar la gobernabilidad democrática en el país. Como en el caso de la Constitución, el acuerdo nacional también contempla de manera explícita la importancia de la promoción del deporte como una política que contribuye al segundo principio que es la Equidad y Justicia Social. Específicamente la política 12 establece: Acceso Universal a una Educación Pública Gratuita y de Calidad, y Promoción y Defensa de la Cultura y del Deporte. Esta política incide en que el Estado se compromete a restablecer la educación física en las escuelas y a promover el deporte desde la niñez. Para cumplir con este lineamiento, es necesario contar con un Política Nacional que establezca claramente el enfoque estratégico para el desarrollo del deporte a largo plazo. - Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021 El Plan Estratégico de Desarrollo Nacional el Perú hacia el 2021, es un plan de largo plazo que contiene las líneas estratégicas que deberá seguir el Perú en los próximos años para lograr una mejor calidad de vida para toda la ciudadanía, y que fue aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM. Si bien no existe un enunciado de intención directo con relación al deporte,

este se encuentra contemplado indirectamente en el Eje Estratégico 1: Derechos Fundamentales y Dignidad de las Personas. Objetivo Nacional: Plena vigencia de los derechos fundamentales y la dignidad de las personas. Objetivo Específico 1: Vigencia plena y ejercicio efectivo de los derechos y libertades fundamentales. También se encuentra indirectamente relacionado con el Eje Estratégico 2: Oportunidades y acceso a los servicios. Objetivo Nacional: Igualdad de oportunidades y acceso universal a los servicios básicos. Objetivo Específico 1: Acceso equitativo a una educación integral que permita el desarrollo pleno de las capacidades humanas en sociedad. 1.2 MARCO NORMATIVO DEL DEPORTE PERUANO - Constitución Política del Perú. Según lo establecido en el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, toda persona tiene derecho: "A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado en el desarrollo de su vida. El artículo 14° establece que la educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Según el artículo 1º de la Constitución Política del Perú la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Asimismo en el artículo 7º establece que la persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental, tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. El deporte se encuentra ligado a la educación y al disfrute del tiempo libre de toda persona, independientemente de sus capacidades físicas, mentales y, sus condiciones económicas y sociales. En esta línea, es deber del Estado promover, garantizar y supervisar el desarrollo del deporte como un derecho fundamental inherente a todo ser humano. - Ley General de Educación, Ley Nº 28044. Según el artículo 4º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad. El Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica. La Sociedad tiene la responsabilidad de contribuir a la educación y el derecho a participar en su desarrollo. Una de las funciones del Estado, es orientar y articular los aprendizajes generados, dentro y fuera de las instituciones educativas, incluyendo la recreación, la educación física, el deporte y la prevención de situaciones de riesgo de los estudiantes (artículo 21°). Asimismo, en el artículo 79º establece que el Ministerio de Educación tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado. - Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, Ley Nº 28036. Según el artículo 1º de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modificado por Ley Nº 29544, la práctica del deporte en general constituye un derecho humano y como tal, es inherente a la dignidad de las personas. El Estado y la sociedad propician y garantizan el acceso a su práctica y la integración de las personas al Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), sin discriminación en razón de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición, económica o de otra índole. Cabe recalcar que dicha norma, define al deporte como la actividad física que se promueve como un factor importante para la recreación, la mejora de la salud, la renovación y desarrollo de las potencialidades físicas, mentales y espirituales del ser humano, mediante la participación y sana competencia en todas sus disciplinas deportivas y recreativas. (Artículo 2º). Asimismo, señala que el Instituto Peruano del Deporte (IPD), es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional (SISDEN), y tiene como una de sus funciones la de formular, planificar, dirigir y fiscalizar en el ámbito nacional, la implementación y desarrollo de la política del deporte en general y su cumplimiento, en el marco de las normas legales vigentes. (Artículo 8º). - Ley Nº 27674, Ley que establece el acceso de deportistas de alto nivel a la administración pública, centros educativos y universidades. La calificación

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