Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2017 (23/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Martes 23 de mayo de 2017 /

El Peruano

Declaran de necesidad e interés regional el ordenamiento y formalización de la pequeña minería y minería artesanal en Madre de Dios
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2017-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria de Consejo celebrada el día martes 28 de febrero de 2017, en su sede institucional, ha aprobado por unanimidad, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27 867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten en los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, El artículo 192 de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el artículo 59 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función específica en materia de energía, minas e hidrocarburos: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con los con las políticas nacionales y los planes sectoriales. Que, las actividades de la pequeña minería y minería artesanal aportan el 57% del PBI del Departamento de Madre de Dios, teniendo un impacto positivo, directo e indirecto en los demás rubros de la economía, como el transporte, comercio, industria agricultura y en la generación de empleo. Que, en el periodo gubernamental de julio del 2011 a julio del 2016, el proceso de formalización impulsado por el gobierno nacional no obtuvo resultados favorables, alcanzando a formalizar en todo el país únicamente a 115 mineros y ninguno en Madre de Dios, se produjo el incremento de la deforestación, la invasión de la Reserva Nacional de Tambopata, el crecimiento del sector de La Pampa, la corrupción generalizada en el control de combustibles, herramientas, maquinarias y equipos; el contrabando y fuga de oro a Brasil, Bolivia y Chile; la evasión tributaria y pérdida del canon minero para Madre de Dios, por un monto no menor a los sesenta millones de dólares anuales, además del crecimiento de la delincuencia común, extorsiones, asaltos, homicidios y trata de personas; como consecuencia, de una legislación claramente inadecuada que privilegió la prohibición total y la represión (política de interdicción y en la que gastaron aproximadamente 352 millones de soles), como herramienta fundamentales, que funcionaron únicamente en la teoría y que generó además abuso de autoridad y violación a los derechos humanos, en zonas como Sarayacu, Malinowski, Tres Islas, Laberinto, Puerto Punkiri, Huepetuhe, además de muertos y heridos por las protestas sociales en este período. Que, el compromiso asumido por la gestión actual del Presidente Constitucional Pedro Pablo KUCZYNSKI GODARD, luego de su visita a la ciudad de Puerto Maldonado, expresado en la publicación de los Decretos

Legislativo 1293, 1336 y 1351, principalmente sin atender en su totalidad aspectos sustanciales del sector, constituyen avances significativos que se reconocen en el esfuerzo por formalizar la pequeña minería y minería artesanal en el país. Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo 1293, el proceso de formalización minera integral de la pequeña minería y minería artesanal, estará a cargo de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas, o de quienes hagan sus veces, en el marco de sus competencias. Que, resulta de vital importancia que el Gobierno Regional de Madre de Dios despliegue, en cuanto le compete, las acciones necesarias para apoyar de manera decidida a los pequeños mineros y mineros artesanales del departamento, conducentes a garantizar la formalización actividades, en un marco de respeto a las normas ambientales, la implementación de tecnología limpia - que reemplace gradualmente al uso de sustancias tóxicas - y de mecanismo de remediación ambiental y recuperación de áreas impactadas, el pago de impuestos y la contribución al desarrollo integral y el bienestar de la población. Que, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, concluye a través del Informe Legal Nº 105-2017-GOREMAD/ ORAJ, en el sentido que resulta procedente la emisión de la correspondiente Ordenanza Regional que Declara de necesidad e interés regional, el ordenamiento y formalización de la pequeña minería y minería artesanal en Madre de Dios. Que, la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional de Madre de Dios, en ejercicio de sus atribuciones y en atención del Oficio Nº 108-2017-GOREMADCR/SCR; y, el Acuerdo Regional Nº 004-2017-RMDD/ CR, luego del análisis, evaluación y perfeccionamiento de la propuesta inicial mediante DICTAMEN Nº001-2017GOREMAD/CEMEH, concluye que la propuesta sobre DECLARAR, de necesidad e interés regional, el ordenamiento y formalización de la pequeña minería y minería artesanal en Madre de Dios, se ajusta a los cauces de la normatividad vigente, y cuenta además con informe legal favorable; por lo que, resulta pertinente someter el asunto al Pleno para su debate y aprobación, recomendando la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- APROBAR, DICTAMEN Nº0012017-GOREMAD/CEMEH, de la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional de Madre de Dios. Consecuentemente DECLARAR, de necesidad e interés regional el ordenamiento y formalización de la pequeña minería y minería artesanal en Madre de Dios, que posibilite la realización de operaciones mineras, cumpliendo las normas de protección al medio ambiente, implementando tecnologías limpias y mecanismos de remediación ambiental, así como recuperación de áreas deforestadas, contribuyendo al desarrollo integral de la región, en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 1293 y otras disposiciones emitidas a nivel nacional y regional que contribuyen a la implementación de la presente norma regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional en ejercicio de sus funciones, realizar las acciones administrativas correspondientes, que permitan implementar con eficiencia el proceso de formalización minera en la Región de Madre de Dios. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional realice gestiones ante las distintas instancias de gobierno; así como, ante la Cooperación Técnica Internacional, a fin de implementar proyectos de capacitación; transferencia de tecnología; remediación ambiental; reforestación; y otros que correspondan, para lograr los objetivos de la formalización minera en la Región de Madre de Dios. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Comisión de Energía, Minas e Hidrocarburos del Consejo Regional

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