Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2017 (14/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 14 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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miembro o a los miembros del Consejo Directivo de los organismos reguladores, según corresponda, mediante Resolución Suprema, la cual debe ser refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el tercer párrafo del artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0422005-PCM, dispone que el periodo de designación del nuevo miembro del Consejo Directivo se computará desde el día siguiente a la fecha del vencimiento del período de designación del miembro anterior; Que, en ese sentido, corresponde efectuar la designación del nuevo miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público- OSITRAN, por el periodo correspondiente del 16 de agosto de 2017 al 16 de agosto de 2022; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; el Decreto Supremo N° 103-2012PCM, que aprobó el Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de miembro del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; y el Decreto Supremo N° 042-2005-PCM, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Ernesto López Mareovich como miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público- OSITRAN, por el periodo correspondiente del 16 de agosto de 2017 al 16 de agosto de 2022. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1586334-7

pueda brindar un suministro confiable, seguro y amigable con el medio ambiente y con los medios apropiados para garantizar un acceso a la energía a todos los estamentos de la sociedad en un entorno inteligente; Que, el trabajo académico presentado por el señor Leónidas Sayas Poma "Modelo estocástico multietapa para la selección del mix óptimo de generación distribuida renovable en sistemas eléctricos radiales", y el trabajo presentado por el señor Edwar Díaz Villanueva "Regulación para la expansión de la generación de renovables no convencionales, fomento de la energía distribuida y eficiencia energética, promoción de la mini y micro generación" fueron seleccionados por el Comité Técnico Evaluador del Congreso para ser presentados en el referido evento, resulta de interés institucional autorizar el viaje de ambos funcionarios, a la ciudad de Medellín, Colombia; a fin que participen como expositores en las sesiones técnicas del citado Congreso Internacional en el marco de la "II Semana de la Energía"; Que, la participación del señor Leónidas Sayas Poma y del señor Edwar Díaz Villanueva en el mencionado evento es de interés institucional, en tanto que permitirá al Osinergmin intercambiar y discutir experiencias en tema de la "Energía Sostenible para todos en el entorno de una Sociedad Inteligente", así como de representar a la entidad; Que, los gastos que ocasione el viaje al exterior serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); De conformidad con la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ing. Leónidas Sayas Poma, Gerente de Supervisión de Electricidad (e), y Edwar Rafael Díaz Villanueva, Abogado DGTE de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ­ Osinergmin, del 27 de noviembre al 2 de diciembre de 2017, a la ciudad de Medellín, Colombia; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ­ Osinergmin, de acuerdo con el siguiente detalle:
Costo unitario US$ 870.13 1850 Total costos US$ 1 740.26 3 700.00 5 440.26

Autorizan viaje de profesionales de OSINERGMIN a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 334-2017-PCM Lima, 10 de noviembre del 2017 VISTOS: El Oficio N° 621-2017-OS/PRES, de la Presidencia del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); y CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Integración Energética Regional (CIER), cursa invitación al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) al evento "V Congreso de la CIER de la Energía 2017", donde se abordará el tema "Energía Sostenible para todos en el entorno de una Sociedad Inteligente" y que se llevará a cabo del 28 de noviembre al 1 de diciembre de 2017, en la ciudad de Medellín, Colombia; Que por su parte el "V Congreso CIER de la Energía 2017" tiene por objetivo analizar y debatir los retos y desafíos para un desarrollo energético sostenible que

Concepto Pasaje aéreo (Lima ­ Medellín / Medellín ­ Lima) Incluye impuestos Viáticos (Por 05 días) TOTAL

Cantidad

02 02

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días siguientes de efectuados los viajes, los profesionales señalados en el Artículo 1 de la presente Resolución, deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARAOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1586087-1

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