Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2017 (14/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de noviembre de 2017 /

El Peruano

AMBIENTE
Modifican Procedimiento N° 8 "Acceso a la información creada, obtenida, en posesión o bajo su control" del Texto Único de Procedimientos Administrativos del SERNANP y el Formulario "Solicitud de Acceso a la Información Pública"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 348-2017-MINAM Lima, 10 de noviembre de 2017 Vistos; el Oficio N° 520-2017-SERNANP-J, de la Jefatura del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; el Memorando N° 768-2017-MINAM/SG/OGPP y el Informe N° 300-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 483-2017-MINAM/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) fue creado por la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, como un organismo público técnico especializado, con personería de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-MINAM se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del SERNANP, el mismo que ha sido modificado por Resolución Ministerial Nº 152-2016-MINAM, Resolución Ministerial N° 315-2016-MINAM, y, Resolución Ministerial N° 035-2017-MINAM; Que, el citado TUPA del SERNANP cuenta con nueve (9) procedimientos administrativos, entre los cuales se encuentra el Procedimiento N° 8 "Acceso a la información creada, obtenida, en posesión o bajo su control"; Que, el Decreto Legislativo N° 1353, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses, ha modificado diversos artículos de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, conforme a su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM, referidos, entre otros, al plazo de atención de las solicitudes, así como la autoridad competente para resolver el recurso de apelación; Que, el numeral 39.3 del artículo 39 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial. Asimismo, el numeral 43.5 del artículo 43 del citado Texto Único Ordenado señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, el numeral 11.2 del artículo 11 de los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos­TUPA, aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, señala que los TUPA de los Organismos Públicos del Gobierno Nacional, previamente a su aprobación, deben contar con la opinión de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio al cual se encuentran adscritos; Que, el artículo 12 de la norma citada precedentemente, señala que para la revisión y aprobación del TUPA o de su modificatoria, se debe contar, entre otros requisitos, con el informe técnico de la Oficina de Planeamiento de la

entidad, así como de los formatos de sustentación técnica y legal de los procedimientos administrativos; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SERNANP, mediante Informe N° 360-2017-SERNANPOPP, sustenta la necesidad de modificar el Procedimiento N° 8 consignado en el TUPA de dicha institución, así como, del Formulario F 8.1 "Solicitud de Acceso a la Información Pública", aprobado por Resolución Ministerial N° 315-2016-MINAM, a fin de adecuarlos a las disposiciones previstas en el Decreto Legislativo N° 1353; Que, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, mediante Informe N° 300-2017-MINAM/SG/OGPP/OPM, emite opinión favorable para la modificación del Procedimiento N° 8 consignado en el TUPA del SERNANP y del Formulario F 8.1; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0062017-JUS; y, los Lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, aprobados por Decreto Supremo N° 079-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de procedimiento Modificar el Procedimiento N° 8 "Acceso a la información creada, obtenida, en posesión o bajo su control" del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2012-MINAM y sus modificatorias, conforme al detalle contenido en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Modificación de formulario Modificar el Formulario F 8.1 "Solicitud de Acceso a la Información Pública", aprobado por Resolución Ministerial N° 315-2016-MINAM, conforme al detalle contenido en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.com.pe); en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (www.sernanp.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1586332-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 441-2017-MINCETUR Lima, 3 de noviembre de 2017

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