Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2017 (14/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de noviembre de 2017 /

El Peruano

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Designan Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del Acceso a Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional", y a su responsable
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 151-2017-JNAC/RENIEC Lima, 10 de noviembre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 000670-2017/GG/RENIEC (04SET2017) y la Hoja de Elevación N° 000055-2017/ GG/RENIEC (31OCT2017) de la Gerencia General, el Informe N° 000054-2017/GPP/SGCTPI/RENIEC (05SET2017) de la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; la Hoja de Elevación N° 000241-2017 GPP/ RENIEC (05SET2017) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Proveído N° 009130-2017/SGEN/ RENIEC (14SET2017) de la Secretaria General; el Informe N° 0001891-2017/GAJ/SGAJA/RENIEC (15SET2017) de la Sub Gerencia de Asesoria Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000523-2017-GAJ-RENIEC (15SET2017) de la Gerencia de Asesoria Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con arreglo a los artículos 177º y 183º de la Constitución Política del Perú, como organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252 (30NOV2016) se ha creado un nuevo sistema de inversión pública denominado Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, conocido como Invierte Perú, derogando expresamente en su artículo 1° la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el referido Decreto Legislativo aprueba disposiciones, entre otras, que hacen los procesos ágiles y rápidos, promueven la transparencia de la información pública y en paralelo con el SIAF, SEACE e INFOBRAS; estableciendo en su Primera Disposición Complementaria y Transitoria, que su aplicación es progresiva en los sectores y entidades que se señalen y conforme el Reglamento del presente Decreto Legislativo; Que, el numeral 5.1 del artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1252, establece como órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras, las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Local; Que, el numeral 5.7 del artículo 5° del mismo cuerpo normativo, establece que las Unidades Ejecutoras de Inversiones son los órganos responsables de la ejecución de las inversiones y se sujetan al diseño de las inversiones aprobado en el Banco de Inversiones; Que, mediante el Decreto Supremo N° 027-2017EF (22FEB2017) y Decreto Supremo N° 104-2017-EF (18ABR2017), se aprobó y modificó el reglamento del mencionado Decreto Legislativo, en dicho documento, se aprueban normas para agilizar las inversiones públicas

en el país, en concordancia con el nuevo sistema que tiene una metodología más dinámica y que está orientada al cierre de brechas sociales y económicas; entre otras, innovaciones, establece las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) las mismas que deberán elaborar el diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura y/o de acceso a los servicios públicos; Que, conforme el numeral 4.5 de la Directiva N° 0012017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones aprobado por Resolución Directoral N° 001-2017-EF/63.01, señala que la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), es la Unidad Orgánica de una entidad o de una empresa sujeta al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, designada por el Órgano Resolutivo - OR y Registrado por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su responsable, mediante el Formato N° 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, de la presente Directiva. Por su especialidad realiza las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones establecidas por la normatividad de dicho sistema; Que, en el contexto de las disposiciones legales y administrativa citadas en los numerales precedentes, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, órgano técnico calificado, a través de la Hoja de Elevación N° 002412017/GPP/RENIEC (05SET2017) se dirige a la Gerencia General, para señalarle que la misma cumple con las especificaciones para ser designado por el Órgano Resolutivo como Unidad Ejecutora de Inversiones para realizar las funciones establecidas en el artículo 9° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, sustenta su decisión en el Informe N° 000054-2017/GPP/SGCTPI/ RENIEC (05SET2017) emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; Que, la propuesta de designación de la Gerencia General como Unidad Ejecutora de Inversiones, respecto su contenido y alcance ha sido revisada por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica y Proyectos de Inversión de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, instancia técnica especializada y por lo tanto calificada de la misma, emitiendo su opinión técnica previa favorable, que la citada Gerencia de Planificación y Presupuesto hace suya; por lo que en mérito a ello, se estima procedente la elaboración del Proyecto de Resolución Jefatural, en su calidad de Órgano Resolutivo correspondiente; Que, la Alta Dirección de este organismo ha estimado conveniente designar como Unidad Ejecutora de Inversiones del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento del Acceso a Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional"; a la Gerencia General y como responsable de dicha Unidad Ejecutora al Señor Luis Alberto Bullón Salazar, Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; y Que de otro lado, mediante Resolución Jefatural N° 000146-2017/JNAC/RENIEC (08NOV2017), se encarga a la señora TATIANA IRENE MENDIETA BARRERA, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del RENIEC, con retención de su cargo, del 09 al 10 de noviembre de 2017; y, Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y modificatoria, el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF y modificatoria y la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Resolución Directoral N° 0012017-EF/63.01; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS

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