Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2017 (21/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Martes 21 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente ordenanza municipal, a la Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control patrimonial la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su debida difusión y a la Sub Gerencia de Tecnología, Sistema de Información y Estadística, la publicación íntegra de la misma en el portal de la entidad www.munihuacho.gob.pe y en el portal web del estado www.perú.gob.pe. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- PRECISAR que la infracción tributaria contenida en el artículo 177º numeral 16 del T. U. O. del Código Tributario, se configurará por "Impedir que los funcionarios de la Administración Tributaria efectúen inspecciones en los predios del deudor tributario", y que el monto de la multa ascenderá al 50 % de la UIT del ejercicio fiscal en que se cometa la infracción. Esta multa podrá ser condonada siempre y cuando el infractor solicite por escrito allanarse a la inspección de fiscalización tributaria. Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue el plazo de vigencia de la presente ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1588408-1

de la Municipalidad Provincial de Huaura, cuya finalidad es normar el procedimiento para arrendar los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad a favor de personas naturales o personas jurídicas del sector público o privado, destinados a uso de vivienda, servicios, comercio o industria. Que, nuestra entidad edil posee como patrimonio diversos inmuebles de uso comercial y de servicios; entre ellos, departamentos y tiendas comerciales ubicadas en las calles: Nicolás de Piérola, Guillermo Velásquez, Domingo Torero, los cuales deben generar renta a percibir en forma periódica mensual y oportuna, existiendo la necesidad de desarrollar acciones destinadas a recuperar deudas y brindar facilidades para el cumplimiento voluntario de sus obligaciones a los diferentes inquilinos que se encuentran en los locales municipales. Bajo este contexto, mediante Informe Nº 1852017-GAT/MPH de fecha 18.08.2017 la Gerencia de Administración Tributaria remite el proyecto de ordenanza denominado: "Ordenanza de arrendamiento de departamentos y tiendas comerciales de propiedad municipal y beneficio especial de regularización de deudas por concepto de alquiler"; propuesto por la Sub Gerencia de Gestión de Cobranzas y Control de la Deuda mediante Informe Nº 637-2017-SGGCYCD-MPH; asimismo, mediante Informe Nº 738-2017-GAJ/MPH la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que encontrándose el proyecto de acuerdo al marco legal vigente y no contraviniendo normal legal alguna, recomienda se eleve al Pleno del Concejo para su aprobación correspondiente; propuesta avalada por la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 152-2017-GM/MPH. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime; aprobó la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL ARRENDAMIENTO DE DEPARTAMENTOS Y TIENDAS COMERCIALES DE PROPIEDAD MUNICIPAL Y BENEFICIO ESPECIAL DE REGULARIACION DE DEUDAS POR CONCEPTO DE ALQUILER Artículo Primero.- La presente disposición tiene como finalidad normar el procedimiento para arrendar los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Provincial de Huaura a favor de personas naturales o personas jurídicas del sector público o privado, destinados a uso de vivienda, servicios o comercio, cuya ejecución se desarrolla dentro de los plazos y en las condiciones previstas en la presente norma; entiéndase por arrendamiento, al acto administrativo por el cual la entidad municipal autoriza temporalmente el uso de un bien inmueble a cambio de un pago, llamado alquiler según lo siguiente: Alquiler departamentos Alquiler tiendas comerciales S/. 500.00 mensuales S/. 700.00 mensuales

Aprueban el procedimiento para arrendar los bienes inmuebles de propiedad de la Municipalidad Provincial de Huaura a favor de personas naturales o personas jurídicas del sector público o privado, destinados a uso de vivienda, servicios o comercio
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 030-2017/MPH Huacho, 25 de octubre de 2017 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 0020-2017 de la fecha, el Proyecto de: "Ordenanza de arrendamiento de departamentos y tiendas comerciales de propiedad municipal y beneficio especial de regularización de deudas por concepto de alquiler"; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el artículo 92º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que el arrendamiento de predios estatales se efectuará mediante convocatoria pública y excepcionalmente de manera directa. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 024-2012/ MPH de fecha 25.07.2012, se aprueba el Reglamento de arrendamiento de bienes inmuebles de propiedad

Artículo Segundo.- El arrendamiento de un bien inmueble municipal, se efectuará mediante convocatoria pública para los nuevos postores y excepcionalmente de manera directa para los conductores actuales de los departamentos y locales comerciales a fin de que regularicen el pago de sus deudas contraídas de acuerdo al último contrato suscrito y formalicen su contrato de alquiler de acuerdo al monto establecido en el artículo primero, en un plazo máximo de 30 días calendario después de publicado la presente ordenanza. Artículo Tercero.- La Sub Gerencia de Logística, Servicios Generales y Control Patrimonial determinará los predios municipales susceptibles de ser arrendados, elaborará el expediente administrativo por cada inmueble donde constarán las características técnicas del predio. El plazo de duración del arrendamiento es de catorce (14) meses, estando obligado el postor ganador al pago adelantado del total del derecho de alquiler, obteniendo el descuento del 15%; podrá ser renovado automáticamente por el mismo término con un incremento del 10% anual. Artículo Cuarto.- La convocatoria pública se publicará por única vez en un diario de alcance regional y en la página web de la entidad municipal www.munihuacho. qob.pe., donde se establecerá las condiciones y

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