Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 22 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Nacional del Perú, el Informe N° 001885-2017/IN/OGAJ, de fecha 10 de octubre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Mensaje de fecha 18 de agosto de 2017, la Secretaría General de la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que el 7° Simposio Operativo Global sobre Prófugos será organizado por la Subdirección de Apoyo en Investigaciones sobre Prófugos (FIS) de INTERPOL, el mismo que se llevará a cabo del 5 al 8 de diciembre de 2017, en la ciudad de Montego Bay ­ Jamaica; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 394-2017DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 9 de octubre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Raymundo Máximo De La Cruz Vargas, propuesto por la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, para que participe en el simposio antes indicado, a realizarse en la ciudad de Montego Bay ­ Jamaica, del 4 al 9 de diciembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho simposio tiene como objetivo intercambiar mejores prácticas en investigaciones sobre prófugos, así como exponer las últimas técnicas de cooperación internacional utilizadas en la ubicación y detección de los prófugos internacionales que evitan la justicia; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el simposio indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento y alimentación, son asumidos por la Organización Internacional de Policía Criminal ­ INTERPOL, conforme lo precisa el Mensaje de fecha 18 de agosto de 2017, mientras que los gastos por concepto de viáticos (Financiamiento Parcial) y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 6889-2017-DIRADM-DIVECOPNP/DEPPRE., de fecha 10 de noviembre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público,

se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Raymundo Máximo De La Cruz Vargas, del 4 al 9 de diciembre de 2017, a la ciudad de Montego Bay ­ Jamaica, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos (Financiamiento Parcial) y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe US$ Pasajes aéreos 906.00 Viáticos (20%) 86.00 Días X X 4 X X Personas Total US$ 1 = 906.00 1 = 344.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS Ministro del Interior 1589014-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban transferencia financiera a favor de las Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio, destinada al pago de remuneraciones y pensiones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 326-2017-MIMP Lima, 21 de noviembre de 2017 Vistos, el Memorando N° 672-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe

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