Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2017 (23/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de noviembre de 2017 /

El Peruano

3692, 3693, 3694 y 3699; (xii) División 37: Reciclado y sus Clases números 3710 y 3720; considerando su equivalente en la Revisión 4; así como las de comercio interno; Que, la mencionada Resolución señala que el proceso de transferencia en el marco del Sétimo Cronograma culmina el 30 de noviembre de 2017; Que, en el marco de lo señalado en los Acuerdos números 22 y 23-2012-CTPO- OEFA de la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental de PRODUCE al OEFA y en el Informe Nº 144-2017-OEFA/ CTS, el presente proceso de transferencia comprende únicamente la transferencia del acervo documentario de las actividades señaladas en el Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria de PRODUCE al OEFA; Que, mediante Informe Nº 144-2017-OEFA/CTS, la Comisión de Transferencia encargada de apoyar el proceso de transferencia de funciones en materia ambiental del PRODUCE al OEFA comunicó a la Secretaría General que se ha cumplido con verificar y recibir el acervo documentario correspondiente a las actividades señaladas en el Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria de PRODUCE al OEFA; Que, en ese sentido, corresponde emitir la Resolución que determine la fecha en la cual el OEFA asumirá las funciones transferidas, en el marco del Sétimo Cronograma de Transferencia de Funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental del Subsector Industria de PRODUCE al OEFA; Que, mediante Acuerdo Nº 042-2017, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 007-2017 del Consejo Directivo, realizada el 21 de noviembre de 2017, se acordó por unanimidad determinar que a partir del 30 de noviembre de 2017 el OEFA asume las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las actividades contenidas en las divisiones de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme - CIIU: (i) División 15: Elaboración de productos alimenticios y bebidas y sus Clases números 1511, 1513, 1514, 1520, 1531, 1532, 1533, 1541, 1543, 1544 y 1549; (ii) División 17: Fabricación de productos textiles y sus Clases números 1711, 1712, 1721, 1722, 1723, 1729 y 1730; (iii) División 18: Fabricación de prendas de vestir; adobo y teñido de pieles y sus Clases números 1810 y 1820; (iv) División 19: Curtido y adobo de cueros; fabricación de maletas, bolsos de mano, artículos de talabartería y guarnicionería, y calzado y sus Clases números 1912 y 1920; (v) División: 20: Producción de madera y fabricación de productos de madera y corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de paja y de materiales trenzables y sus Clases números 2010, 2021, 2022, 2023 y 2029; (vi) División 22: Actividades de edición e impresión y de reproducción de grabaciones y sus Clases números 2211, 2212, 2213, 2219, 2221, 2222 y 2230; (vii) División 23: Fabricación de coque, productos de la refinación del petróleo y combustible nuclear y sus Clases números 2310 y 2320; (viii) División 25: Fabricación de productos de caucho y plástico y sus Clases números 2511, 2519 y 2520; (ix) División 34: Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques y sus Clases números 3410, 3420 y 3430; (x) División 35: Fabricación de otros tipos de equipo de transporte y sus Clases números 3511, 3512, 3520, 3530, 3591, 3592 y 3599; (xi) División 36: Fabricación de muebles; industrias manufactureras n.c.p. y sus Clases números 3610, 3691, 3692, 3693, 3694 y 3699; (xii) División 37: Reciclado y sus Clases números 3710 y 3720; considerando su equivalente en la Revisión 4; así como las de comercio interno; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación de acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Supremo Nº 009-2011-MINAM; la Resolución de Consejo Directivo Nº 017-2017-OEFACD; y, en ejercicio de la atribución conferida por el Literal n) del Artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Determinar que a partir del 30 de noviembre de 2017, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA asume las funciones de seguimiento, vigilancia, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental respecto de las siguientes actividades:
(I) DIVISIÓN CIIU CLASES 1511.- Producción, procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos (equivalente a la Clase 1010 de la Rev. 4 de la CIIU) 1513.- Elaboración y conservación de frutas, legumbres y hortalizas (equivalente a la Clase 1030 de la Rev. 4 de la CIIU) 1514.- Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal y animal (equivalente a la Clase 1040 de la Rev. 4 de la CIIU) 1520.- Elaboración de productos lácteos (equivalente a la Clase 1050 de la Rev. 4 de la CIIU) 1531.- Elaboración de productos de molinería (equivalente a la Clase 1061 de la Rev. 4 de la CIIU) 15.- Elaboración 1532.- Elaboración de almidones y productos de productos derivados del almidón (equivalente a la Clase 1062 alimenticios y bebidas de la Rev. 4 de la CIIU) 1533.- Elaboración de alimentos preparados para animales (equivalente a la Clase 1080 de la Rev. 4 de la CIIU) 1541.- Elaboración de productos de panadería (equivalente a la Clase 1071 de la Rev. 4 de la CIIU) 1543.- Elaboración de cacao y chocolate y de productos de confitería (equivalente a la Clase 1073 de la Rev. 4 de la CIIU) 1544.- Elaboración de macarrones, fideos, alcuzcuz y productos farináceos similares (equivalente a la Clase 1074 de la Rev. 4 de la CIIU) 1549.- Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p. (equivalente a la Clase 1079 de la Rev. 4 de la CIIU) 1711.- Preparación e hilatura de fibras textiles; tejedura de productos textiles (equivalente a las Clases 1311 y 1312 de la Rev. 4 de la CIIU) 1712.- Acabado de productos textiles (equivalente a la Clase 1313 de la Rev. 4 de la CIIU) 1721.- Fabricación de artículos confeccionados de materiales textiles, excepto prendas de vestir (equivalente a la Clase 1392 de la Rev. 4 de la CIIU) 17.- Fabricación de productos textiles 1722.- Fabricación de tapices y alfombras (equivalente a la Clase 1393 de la Rev. 4 de la CIIU) 1723.- Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes (equivalente a la Clase 1394 de la Rev. 4 de la CIIU) 1729.- Fabricación de otros productos textiles n.c.p. (equivalente a la Clase 1399 de la Rev. 4 de la CIIU) 1730.- Fabricación de tejidos y artículos de punto y ganchillo (equivalente a las Clases 1391 y 1430 de la Rev. 4 de la CIIU) 18.- Fabricación de prendas de vestir; adobo y teñido de pieles 1810.- Fabricación de prendas de vestir, excepto prendas de piel (equivalente a la Clase 1410 de la Rev. 4 de la CIIU) 1820.- Adobo y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel (equivalente a las Clases 1420 y 1511 de la Rev. 4 de la CIIU)

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