Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2017 (23/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Jueves 23 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Artículo Décimo Noveno.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la UGEL Santa - Unidad Ejecutora 301, conforme se detalla en el Formato Nº 01 (Anexo Nº 4-B), Formato Nº 02 (Anexo Nº 4-C, Anexo Nº 04, Anexo Nº 05), establecidos mediante Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH - Anexo Nº 04, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Vigésimo.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la UGEL Sihuas ­ Unidad Ejecutora 306, conforme se detalla en el Formato Nº 01 (Anexo Nº 4-B), Formato Nº 02 (Anexo Nº 4-C, Anexo Nº 05), establecidos mediante Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH - Anexo Nº 04, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Vigésimo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la UGEL Yungay - Unidad Ejecutora 319, conforme se detalla en el Formato Nº 01 (Anexo Nº 4-B), Formato Nº 02 (Anexo Nº 4-C, Anexo Nº 05), establecidos mediante Directiva Nº 002-2015SERVIR/GDSRH - Anexo Nº 04, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Vigésimo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, así como su publicación en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. POR TANTO: Comuníquese, al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. PEDRO M. IZQUIERDO HUERTA Consejero Delegado Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. LUIS FERNANDO GAMARA ALOR Gobernador Regional de Ancash (P) 1589114-1

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Autorizan viaje de Gobernador Regional a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1416-2017/GRP-CR San Miguel de Piura, a 15 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, en el artículo 191º, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que: "Los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto"; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR del 12 de setiembre de 2011, en su artículo 8º, numeral 3, señala como atribución del Consejo Regional, además de las señaladas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867, el "Autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios (...)";

Que, mediante Ley Nº 27619, de fecha 21 de diciembre de 2001, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gastos al Tesoro Público, habiendo establecido en su artículo 4º que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos aprobada por decreto supremo. En ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, se aprobó la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas que ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, la cual fue modificada mediante Decreto Supremo Nº 056-2014-PCM, publicado el 19 de mayo de 2013 en el Diario Oficial El Peruano, y que estableció para América del Sur el monto de $ 370.00 dólares americanos por concepto de viáticos; Que, mediante Memorando Nº 1698-2017/GRP100010, de fecha 07 de noviembre de 2017, la Secretaría General solicitó al Consejo Regional se sirva autorizar la salida del país del 28 al 30 de noviembre, al Gobernador Regional Ing. Reynaldo Hilbck Guzmán y de la Secretaria General Ing. Nimia Edelmira Elera de Pinao, a fin de atender la invitación del señor Prefecto de la Provincia de Loja, al evento cierre del Proyecto "Manejo Integral Binacional de Cuencas Hidrográficas Transfronterizas como Medidas de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, AGUA SIN FRONTERAS (PASF)"; Que, mediante Memorando Nº 1547-2017/GRP480000, de fecha 15 de noviembre de 2017, la Oficina Regional de Administración solicitó a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la asignación presupuestal para cubrir los gastos por concepto de viáticos del personal que viajarán a la ciudad de Loja del 29 al 30 de noviembre, por el importe de S/. 9,592.00 (Nueve Mil Quinientos Noventa y Dos Soles); Que, mediante Memorando Nº 2806-2017/GOB.REG. PIURA-410000, de fecha 15 de noviembre de 2017, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en virtud del requerimiento de la Oficina Regional de Administración, otorgó la Certificación Presupuestal por el monto de S/. 9,592.00 (Nueve Mil Quinientos Noventa y Dos Soles); Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad de los presentes, en Sesión Extraordinaria Nº 20 - 2017, celebrada el día 15 de noviembre de 2017, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la República del Ecuador, al Ing. Reynaldo Adolfo Hilbck Guzmán, Gobernador Regional, y, a la Ing. Nimia Edelmira Elera de Pinao, Secretaria General, entre el 28 y 30 de noviembre de 2017, para asistir a la invitación del señor Prefecto de la Provincia de Loja, al evento cierre del Proyecto "Manejo Integral Binacional de Cuencas Hidrográficas Transfronterizas como Medidas de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, AGUA SIN FRONTERAS (PASF)". Artículo Segundo.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la República de Ecuador, al Sr. Roberto Calva Troncos, chofer, y, al Sr. José María Abad Noblecilla, chofer, entre el 28 y 30 de noviembre de 2017, en calidad de apoyo a los funcionarios nombrados en el artículo anterior. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Ing. Reynaldo Adolfo Hilbck Guzmán Ing. Nimia Edelmira Elera de Pinao Días 02 02 Total S/. (*) 2,398.00 2,398.00

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