Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2017 (05/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Jueves 5 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, la Municipalidad Distrital de Lurigancho considera oportuno para la sostenibilidad fiscal de su Pliego Presupuestal, presente a través del AFPnet la solicitud de acogimiento al pago fraccionado previsto en el Sub Capítulo I del Capítulo IV del Decreto Legislativo Nº 1275. Estando a los alcances del Decreto Legislativo Nº 1275 y sus Disposiciones que Reglamentan la implementación y funcionamiento del Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Previsionales al Fondo de Pensiones (REPRO-AFP), Decreto Supremo Nº 168-2017-EF y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; ACORDO: Artículo Primero.- SOLICITAR el acogimiento al RETRO-AFP a través del AFP net sobre la deuda por aportes previsionales, así como los conceptos que se generen hasta la fecha de presentación de la solicitud, establecido por el Decreto Legislativo Nº 1275 y sus disposiciones reglamentarias, así como por la Resolución de la SBS Nº 2678-2017, hasta por 120 (ciento veinte) Cuotas mensuales que se detallan en la Tabla I que forma parte del presente acuerdo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la DGETP para que afecte, con cargo a los recursos que corresponden a los Recursos de FONCOMUN que son centralizados y administrados a través de la Cuenta Única del Tesoro Público, para destinarlo al pago de las Cuotas de la Deuda Fraccionada, hasta su cancelación, en el orden de prelación que se indica a continuación:
ORDEN DE PRELACION 1 FUENTE DE FINANCIAMIENTO FONCOMUN RUBRO 7 TIPO DE RECURSO A

Artículo Tercero.- DISPONER que el Gerente Municipal a través de la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Contabilidad, Sub Gerencia de Tesorería y demás unidades orgánicas involucradas adopte las acciones administrativas necesarias para GARwANTIZAR que los recursos indicados en el artículo SEGUNDO precedente, cubran la totalidad del valor de cada una de las Cuotas que corresponde a la Deuda Fraccionada por aportes previsionales, materia del acogimiento al REPROAFP, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Gerente de Administración y Finanzas presente dentro del plazo de ley, la solicitud de acogimiento al REPRO-AFP establecido en el Subcapítulo II del Capítulo IV del Decreto Legislativo Nº 1275, sus disposiciones reglamentarias y en la Resolución de la SBS correspondiente. Artículo Quinto.- DISPONER que con la debida anticipación a las fechas de vencimiento de las Cuotas establecidas en el respectivo cronograma emitido por el AFPnet, se efectúe el registro de la afectación presupuestal y financiera de las obligaciones correspondientes, en el Sistema de Administración Financiera (SIAF-SP), con arreglo a la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto y el Sistema Nacional de Tesorería, según corresponda. Artículo Sexto.- DISPONER que la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Sub Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y demás Unidades encargadas cumplan en todos sus extremos el presente Acuerdo en su debida oportunidad, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde

TABLA I MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO RUC Nº 20131371455
I Razón Social AFP HABITAT AFP INTEGRA AFP PRIMA AFP PROFUTURO TOTAL SPP RUC Deuda Nominal 73,416.09 1,121,253.54 347,007.72 318,891.87 1,860.569.22 II Actualización por Rentabilidad 12,784.50 1,810,761.40 870,955.28 505,515.10 3,200,016.28 III Interés de Fraccionamiento 39,234.21 1,334,496.26 554,351.80 375,225.83 2,303,308.10 I+II+III Deuda Fraccionada 125,434.80 4,266,511.20 1,772,314.80 1,199,632.80 7,363,893.60 Plazo (meses) 120 120 120 120 120 Cuota mensual 1,045.29 35,554.26 14,769.29 9,996.94 61,365.78

1572199-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Prorrogan fecha de vencimiento de beneficios e incentivos tributarios establecidos en la Ordenanza Nº 041-2017MDMM.
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2017-DA-MDMM Magdalena del Mar, 29 de setiembre de 2017 APRUEBAN PRÓRROGA DE ORDENANZA Nº 041-2017-MDMM EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR

VISTO: El Informe Nº 172-2017-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de fecha 29 de setiembre de 2017 y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 041-MDMM se aprobaron beneficios e incentivos al pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales dentro de la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar; Que, mediante Nº 172-2017-GATR-MDMM de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, se informa que es necesaria una prórroga de los beneficios e incentivos tributarios establecidos en la Ordenanza Nº

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