Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2017 (05/10/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 96

96
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de octubre de 2017 /

El Peruano

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto el Dictamen N° 05-2017-MPC-CMPC-SRCODELO de la Comisión de Desarrollo Económico Local, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 79, indica que las municipalidades son competentes en materia de organización del espacio físico y uso del suelo para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, realizar la fiscalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000014 del 10 de marzo de 2008 se aprueba el Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas (el cual fue modificado parcialmente mediante Ordenanza Municipal Nº 000047-2009) así como el Reglamento de Ubicación de Actividades Urbanas, Estándares de Calidad y Cuadro de Niveles Operacionales para la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe N° 227-2017-MPC-GGDELCGLA, la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, señala que en el desarrollo de sus funciones, en la evaluación previa de las solicitudes de licencia de funcionamiento así como en su labor fiscalizadora y reguladora, viene recibiendo constantes reclamos a las evaluaciones de Compatibilidad de Uso calificadas No Conforme por Zonificación en aplicación estricta de la Ordenanza Municipal N° 0000142008 y su modificatoria; Que, en virtud al análisis efectuado sobre esta problemática, la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y la Comisión de Desarrollo Económico Local del Concejo Municipal, han considerado pertinente proponer la modificación del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 000014-2008, Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas, para la Provincia Constitucional del Callao, a fin adecuar dicho instrumento normativo a la dinámica comercial existente y consolidada en determinados puntos del Cercado del Callao como: Urbanización Tarapacá, Urbanización Pedro Ruiz Gallo, Urbanización Parque Internacional de la Industria y Comercio Lima ­ Callao, así como las avenidas Alejandro Bertello, Bocanegra, Colectora, Los Dominicos, Elmer Faucett, El Olivar, Pacasmayo, Quilca y Prolongación Perú; alentando la formalización de la actividad comercial, la productividad, competitividad, generación de empleo y desarrollo económico local sostenible; Que, la actualización y modificación del Cuadro de Índice de Usos ­ CIIU, permitirá a muchos propietarios o conductores de establecimientos revertir su actual situación de informalidad, teniendo la posibilidad de obtener la respectiva licencia municipal de funcionamiento, por apertura, actualización o modificación de la licencia, permitiendo a la Municipalidad ejercer mayor control y fiscalización e incrementar la base tributaria municipal; Que, la presente Ordenanza tiene como antecedentes los siguientes documentos: Informe Técnico Nº 007-2017-MPC-GGDELC-GLA-ACU-JSP e Informe Nº 227-2017-MPC-GGDELC-GLA de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, Informe Nº 04-2017-MPCGGDELC-AL y Memorando N° 606-2017-MPC-GGDELC, de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización; Informe Nº 116-2017-MPC-GGDUGO-MLSV, Informe Nº 1371 y 1376-2017-MPC-GGDUGO e Informe Nº 244-2017-MPC/GGDU-GO-AL-AMBR de la Gerencia de Obras, Memorando N°1163-MPC/ GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano; el Memorando N° 729-2017-MPC/GGAJC de la Gerencia

General de Asesoría Jurídica y Conciliación, así como el Dictamen Nº 05-2017-MPC-CMPC-SR-CODELO, de la Comisión de Desarrollo Económico Local, que emiten opinión favorable y plantean aportes para la aprobación de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL INDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1.- Apruébase la modificación del Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas de la Provincia Constitucional del Callao aprobado por Ordenanza Municipal N° 000014-2008 y modificado por Ordenanza Nº 00047-2009, conforme al Anexo 1 "Modificación del CIIU" y al listado de "Restricciones ­ CIIU" que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Como consecuencia de la modificación aprobada en el artículo 1, se procederá de la siguiente manera en la evaluación de solicitudes de zonificación y compatibilidad de uso: a) Se calificará con Zonificación Conforme, (incluso en zonificación Residencial de Densidad Media-RDM) el desarrollo de actividades de supermercados (G-521-1-05), venta de gas propano (G-52-3-9-15), venta de repuestos para vehículos (G-50-3-0-01), mantenimiento y reparación de vehículos automotores (G-50-2-0) excepto reencauchadoras (G-50-2-06), actividades de agencia de viajes y organización de excursiones (I-63-0-4), en locales con frente a las avenidas Alejandro Bertello, Bocanegra, Colectora, Los Dominicos, Elmer Faucett, El Olivar, Pacasmayo, Quilca y Prolongación Perú. b) Se calificará con Zonificación Conforme, en zonificación: Zona de Reglamentación Especial-ZRE, el desarrollo de actividades de bazares y regalos (G-52-19-03), librerías (G-52-3-9-07), restaurantes (H-55-2-0) excepto bares y pubs, panadería y pastelería (D-15-4-0101), hoteles campamento y otros tipos de hospedaje (H55-1-0) excepto moteles, en las calles y avenidas de la Urbanización Tarapacá, Urbanización Pedro Ruiz Gallo y en las calles de la Urbanización Parque Internacional de la Industria y Comercio Lima ­ Callao. c) Se calificará con Zonificación Conforme todas las zonificaciones la actividad de Contratistas Generales ­ Oficinas Administrativas (F-45-2-0-33). En todos estos casos, se tendrá en cuenta el listado de "Restricciones" aprobado también en el artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano y a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, Gerencia de Informática y Órganos Ejecutivos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, Artículo 4.- Encárgase a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de la presente Ordenanza y sus alcances y a la Gerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad: http: www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 5.- Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas y disposiciones que reglamenten la presente Ordenanza. Artículo 6.- La vigencia de la presente Ordenanza es a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.