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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (05/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Jueves 5 de octubre de 2017 / El Peruano POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto el Dictamen N° 05-2017-MPC-CMPC-SR-CODELO de la Comisión de Desarrollo Económico Local, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 79, indica que las municipalidades son competentes en materia de organización del espacio físico y uso del suelo para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, realizar la fi scalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zoni fi cación; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000014 del 10 de marzo de 2008 se aprueba el Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas (el cual fue modi fi cado parcialmente mediante Ordenanza Municipal Nº 000047-2009) así como el Reglamento de Ubicación de Actividades Urbanas, Estándares de Calidad y Cuadro de Niveles Operacionales para la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe N° 227-2017-MPC-GGDELC- GLA, la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, señala que en el desarrollo de sus funciones, en la evaluación previa de las solicitudes de licencia de funcionamiento así como en su labor fi scalizadora y reguladora, viene recibiendo constantes reclamos a las evaluaciones de Compatibilidad de Uso cali fi cadas No Conforme por Zoni fi cación en aplicación estricta de la Ordenanza Municipal N° 000014-2008 y su modi fi catoria; Que, en virtud al análisis efectuado sobre esta problemática, la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, la Gerencia General de Desarrollo Urbano, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y la Comisión de Desarrollo Económico Local del Concejo Municipal, han considerado pertinente proponer la modi fi cación del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 000014-2008, Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas, para la Provincia Constitucional del Callao, a fi n adecuar dicho instrumento normativo a la dinámica comercial existente y consolidada en determinados puntos del Cercado del Callao como: Urbanización Tarapacá, Urbanización Pedro Ruiz Gallo, Urbanización Parque Internacional de la Industria y Comercio Lima – Callao, así como las avenidas Alejandro Bertello, Bocanegra, Colectora, Los Dominicos, Elmer Faucett, El Olivar, Pacasmayo, Quilca y Prolongación Perú; alentando la formalización de la actividad comercial, la productividad, competitividad, generación de empleo y desarrollo económico local sostenible; Que, la actualización y modi fi cación del Cuadro de Índice de Usos – CIIU, permitirá a muchos propietarios o conductores de establecimientos revertir su actual situación de informalidad, teniendo la posibilidad de obtener la respectiva licencia municipal de funcionamiento, por apertura, actualización o modi fi cación de la licencia, permitiendo a la Municipalidad ejercer mayor control y fi scalización e incrementar la base tributaria municipal; Que, la presente Ordenanza tiene como antecedentes los siguientes documentos: Informe Técnico Nº 007-2017-MPC-GGDELC-GLA-ACU-JSP e Informe Nº 227-2017-MPC-GGDELC-GLA de la Gerencia de Licencias y Autorizaciones, Informe Nº 04-2017-MPC-GGDELC-AL y Memorando N° 606-2017-MPC-GGDELC, de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización; Informe Nº 116-2017-MPC-GGDU-GO-MLSV, Informe Nº 1371 y 1376-2017-MPC-GGDU-GO e Informe Nº 244-2017-MPC/GGDU-GO-AL-AMBR de la Gerencia de Obras, Memorando N°1163-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano; el Memorando N° 729-2017-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, así como el Dictamen Nº 05-2017-MPC-CMPC-SR-CODELO, de la Comisión de Desarrollo Económico Local, que emiten opinión favorable y plantean aportes para la aprobación de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL INDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1.- Apruébase la modi fi cación del Índice de Usos para la Ubicación de las Actividades Urbanas de la Provincia Constitucional del Callao aprobado por Ordenanza Municipal N° 000014-2008 y modi fi cado por Ordenanza Nº 00047-2009, conforme al Anexo 1 “Modi fi cación del CIIU” y al listado de “Restricciones – CIIU” que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2 .- Como consecuencia de la modi fi cación aprobada en el artículo 1, se procederá de la siguiente manera en la evaluación de solicitudes de zoni fi cación y compatibilidad de uso: a) Se cali fi cará con Zoni fi cación Conforme, (incluso en zoni fi cación Residencial de Densidad Media-RDM) el desarrollo de actividades de supermercados (G-52-1-1-05), venta de gas propano (G-52-3-9-15), venta de repuestos para vehículos (G-50-3-0-01), mantenimiento y reparación de vehículos automotores (G-50-2-0) excepto reencauchadoras (G-50-2-06), actividades de agencia de viajes y organización de excursiones (I-63-0-4), en locales con frente a las avenidas Alejandro Bertello, Bocanegra, Colectora, Los Dominicos, Elmer Faucett, El Olivar, Pacasmayo, Quilca y Prolongación Perú. b) Se cali fi cará con Zoni fi cación Conforme, en zonifi cación: Zona de Reglamentación Especial-ZRE, el desarrollo de actividades de bazares y regalos (G-52-1- 9-03), librerías (G-52-3-9-07), restaurantes (H-55-2-0) excepto bares y pubs, panadería y pastelería (D-15-4-01-01), hoteles campamento y otros tipos de hospedaje (H-55-1-0) excepto moteles, en las calles y avenidas de la Urbanización Tarapacá, Urbanización Pedro Ruiz Gallo y en las calles de la Urbanización Parque Internacional de la Industria y Comercio Lima – Callao. c) Se cali fi cará con Zoni fi cación Conforme todas las zonifi caciones la actividad de Contratistas Generales – Ofi cinas Administrativas (F-45-2-0-33). En todos estos casos, se tendrá en cuenta el listado de “Restricciones” aprobado también en el artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3 .- Encárgase a la Gerencia General de Desarrollo Urbano y a la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización, Gerencia de Informática y Órganos Ejecutivos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, Artículo 4 .- Encárgase a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de la presente Ordenanza y sus alcances y a la Gerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad: http: www.municallao.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Artículo 5 .- Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas y disposiciones que reglamenten la presente Ordenanza. Artículo 6.- La vigencia de la presente Ordenanza es a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde