Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2017 (05/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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RESTRICCIONES -CIIU

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de octubre de 2017 /

El Peruano

a) El área destinada a la actividad no residencial no excederá de 80m2. b) El horario de atención al público: 07:00hr a 19:00hr. c) Debe mantener el uso residencial predominante en el predio. d) Prohibido el uso de la vía pública. e) El número máximo de trabajadores será de 6 personas, de los cuales uno debe ser residente. f) Fuerza motriz máxima 2hp g) Energía eléctrica menor a 4kw de potencia instalada. h) No producir ruido permanente o eventuales, que se perciban desde el exterior del local, mayores a 60 decibeles, en horario diurno, ni mayores a 50 decibeles en horario nocturno. i) No se permiten vibraciones, emisión de humos, polvos, olores molestos y/o gases tóxicos que puedan ser percibidos fuera del local o causen molestias al vecindario. j) No se permiten fuentes de luz o calor en grado tal que atente contra las propiedades vecinales. k) No se producirán alteraciones de los niveles de contaminación ambiental dentro o fuera del local que pueda ser peligrosa a la salud de los vecinos o de los trabajadores. l) Para lavado de vehículos, debe cumplir con las condiciones técnicas de desfogue al alcantarillado. m) Locales de hospedaje (excepto Moteles) debe existir una distancia mínima de 50ml a : - Centro Educativos en todos los niveles - Templos, Iglesias - Estación de servicio o grifo debidamente autorizado 1572452-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Procedimiento de fraccionamiento de deudas tributarias en el distrito de Huacho
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2017/MPH Huacho, 28 de agosto de 2017 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 16 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Procedimiento de fraccionamiento de deudas tributarias en el Distrito de Huacho; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el numeral 1) del artículo 69º del mismo precepto legal señala que son rentas municipales los tributos

creados por ley a su favor los cuales constituyen sus ingresos propios. Que, de acuerdo con el artículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, establece lo siguiente: "la administración tributaria está facultada de conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor tributario que lo solicite, con excepción de tributos retenidos o percibidos, siempre que dicho deudor cumpla con los requerimientos o garantías que aquella establezcan mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, y con los siguientes requisitos: a) Que las deudas tributarias estén suficientemente garantizadas por carta fianza bancaria, hipoteca u otra garantía a juicio de la Administración Tributaria. De ser el caso, la Administración podrá conceder aplazamiento y/o fraccionamiento sin exigir garantías; y b) Que las deudas tributarias no hayan sido materia de aplazamiento y/o fraccionamiento. (...)" Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-97-MPH de fecha 11 de febrero de 1997 se aprobó las "NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS" en la Municipalidad Provincial de Huaura, por lo que, a fin de actualizar las condiciones establecidas en la directiva conforme a la normatividad vigente así como otorgar mayores facilidades que incentiven el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, es necesario aprobar un nuevo régimen acorde a la actualidad de la municipalidad Provincial de Huaura. Que, el incumplimiento de lo establecido en las normas reglamentarias, dará lugar a la ejecución de las medidas de cobranzas coactiva por la totalidad de la amortización e interés correspondiente que estuvieran pendientes de pago. Para dicho efecto, se considerará las causales de perdidas prevista en la Resolución gerencial que emite el órgano encargado de la Administración Tributaria. Que, mediante el Informe Nº 120-2017-GAT/MPH de fecha 20 de Junio del 2017, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Ordenanza que aprueba el reglamento para el procedimiento del Fraccionamiento de deudas Tributarias en el distrito de Huacho, señalando que podrán acogerse los contribuyentes que adeuden en forma conjunta o indistinta el Impuesto predial, Arbitrios Municipales, Multas tributarias vencidas, correspondientes a los ejercicios anteriores al año en curso. Que, a través del Informe Legal Nº484-GAJ/MPH de fecha 21.06.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable, por encontrarse la propuesta dentro del marco legal vigente; opinión compartida por la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 108-2017-GM/MPH de fecha 24.07.2017. Que, en este contexto, la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaura se encuentra en la imperiosa necesidad de dedicarse a mejorar los procedimientos que tiendan a agilizar los procedimientos tributarios, entre los cuales se encuentra el sinceramiento de la cartera de contribuyentes, así como el otorgamiento de aplazamiento y/o fraccionamiento de pago de la deuda tributaria al deudor tributario que lo solicite, motivo por los cuales corresponde dictarse la respectiva ordenanza que apruebe el Reglamento propuesto. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime; aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DEL FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DE HUACHO Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad Provincial de Huaura, la misma que está compuesto por seis (6) Títulos, siete (07) Capítulos, cuarenta y tres (43) artículos, Siete (07) Disposiciones Finales que aprueban formatos de Declaraciones Juradas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Gestión de

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