Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de octubre de 2017 /

El Peruano

Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1573600-1

Declaran las vacantes para el Proceso de Ascensos 2017, Promoción 2018 del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1395-2017 DE/SG Lima, 5 de octubre de 2017 VISTOS: El Informe N° 011, del 29 de setiembre de 2017, de la Dirección de Personal del Ejército. CONSIDERANDO: Que, el artículo 9°, concordante con los artículos 10°, 11° y 12° de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante resolución ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo, permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23° del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008DE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2011-DESG, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes: (i) Cuadro Orgánico de Oficiales aprobado para el año al proceso de ascensos; (ii) Efectivo de Oficiales al mes de julio del año del proceso de ascenso; (iii) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del proceso de ascenso; (iv) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; y, (v) Promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formación e ingreso para los Oficiales de procedencia universitaria; Que, asimismo, el artículo 26° del citado Reglamento, establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 009-2013DE, dispone que para la aplicación del artículo 7° de la Ley N°28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1143, y que establece el número mínimo de años de servicios reales y efectivos en cada grado militar, requerido para el ascenso al grado inmediato superior, se tendrán en consideración los siguientes aspectos generales: (i) el citado periodo no podrá exceder el proceso de ascenso de ascenso del año 2018 (Promoción 2019), al cabo del cual se habrá concluido su implementación en la totalidad

de las promociones de Oficiales; y, (ii) de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, aprobados por Resolución Ministerial N° 0671-DE-SG del 26 de julio de 2011, el Ejército del Perú aplicará las disposiciones contenidas en el Anexo 1 de la citada norma; Que, mediante Resolución Ministerial N°574-2016DE/SG de fecha 27 de mayo de 2016, rectificado por la Resolución Ministerial N° 599-2017 DE//SG del 11 de mayo del 2017, que aprobó los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Fuerzas Armadas para el periodo 2017-2021; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 11562017 DE/SG de fecha 21 de agosto de 2017, se aprobó la Directiva General (DG) N°006-2017-MINDEF/VRD/ DGRRHH "Normas para el Desarrollo de los Procesos de Ascenso Año 2017 (Promoción 2018) y Pases a la Situación Militar de Retiro por la Causal de Renovación Año 2017 para el Personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas"; Que, con Decreto Supremo N° 006-2017 DE, de fecha 31 de agosto de 2017, se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2018; Estando a lo recomendado por el Director de Personal mediante el Informe de vistos y a lo propuesto por el Comandante General del Ejército del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declárese las vacantes para el Proceso de Ascensos 2017, Promoción 2018 del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa ANEXO: VACANTES PARA EL PROCESO DE ASCENSO 2017, PROMOCIÓN 2018 DEL PERSONAL DE OFICIALES DEL EJÉRCITO DEL PERÚ. 1. OFICIALES GENERALES a. Al grado de General de División: hasta tres (03) vacantes.
PROMOCIÓN 1985 TOTAL ARMAS 3 3

b. Al grado de General de Brigada: hasta dieciocho (18) vacantes.
PROMOCIÓN 1986 1988 1989 AGO 1989 ARMAS 0 3 6 7 TOTAL SERVICIOS EMCH 0 0 0 0 P. UNIV 1 1 0 0 SUB TOTAL 1 4 6 7 18

2. OFICIALES SUPERIORES a. Al grado de Coronel: hasta ochenta y dos (82) vacantes.
PROMOCIÓN 1987 1988 1989 ARMAS 1 2 1 SERVICIOS EMCH 0 0 1 P. UNIV 0 0 0 SUB TOTAL 1 2 2

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