Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2017 (07/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de octubre de 2017 /

El Peruano

a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos, en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe del Sub Director de Desarrollo Profesional de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército del 17 de agosto de 2017, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y viáticos, hasta un veinte por ciento (20%), que ocasione la participación del personal militar en el mencionado evento se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, y del artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Cadete IV año EP Duberli MENA DELGADO, identificado con DNI N° 73580637 y al Cadete IV año EP José Luis CAPUÑAY FARRO, identificado con DNI N° 70336421; de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para visitar el Colegio Militar de la Nación, ubicado en la ciudad El Palomar, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 09 de octubre de 2017 al 15 de octubre de 2017, periodo que incluye la fecha de salida y retorno al país. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes de Ida y Vuelta: US$ 1 000.00 x 02 personas (incluye TUUA) Viáticos: US$ 370.00 x 05 días x 02 personas x 20% Total a pagar en Dólares Americanos US$. 2 000.00 US$. 740.00

el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1573598-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1401-2017 DE/EP Jesús María, 5 de octubre de 2017 VISTA: La Hoja Informativa N° 301/DRIE/DPTO RESOL del 03 de octubre de 2017, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 2831-2017/OAJE/L-1. del 03 de octubre de 2017, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 230/AGREMIL PERUBRASIL/W-c.3.4 del 17 de agosto de 2017 el Agregado de Defensa y Militar de Perú en Brasil comunica a la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú que mediante Oficio N° 1226-SRI/5 SCh/EME del 05 de agosto de 2017, el Ejército de Brasil ha cursado invitación para que un (01) Oficial y un (01) Suboficial del Ejército del Perú, participen en el "Curso Internacional de Operaciones de Selva", a desarrollarse en el Centro de Instrucción de Guerra en Selva, ubicado en Manaos, Brasil, del 09 de octubre al 17 de noviembre de 2017; Que, mediante Oficio N° 1784/C-5.a1 del 25 de agosto de 2017 la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército comunica al Centro de Instrucción de Operaciones Especiales del Ejército, sobre la invitación para la asistencia del personal militar al "Curso Internacional de Operaciones de Selva", solicitando remita la relación del personal candidato a ocupar las vacantes asignadas; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 153/ DIEDOCE/C-5.b del 03 de octubre de 2017, el Comandante General del Ejército, propuso la designación del Subteniente EP Roger CACERES CARRERA (titular), Subteniente EP Juan Carlos SANTIAGO FASABI (titular), Teniente EP Omar TULUMBA SANDOVAL (suplente); y, Teniente EP Iván Jhonatan VERA CAMPOS (suplente), para participar en el "Curso Internacional de Operaciones de Selva", a realizarse en el Centro de Instrucción de Guerra en Selva, ubicado en la Ciudad de Manaos, República Federativa del Brasil, del 09 de octubre al 17 de noviembre de 2017; Que, conforme a lo señalado en el Dictamen N° 2831-2017/OAJE/L-1., del 03 de octubre de 2017, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al personal militar, para participar en el mencionado Curso, permitiendo disponer de personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su formación profesional, así como dar cumplimiento a lo establecido en la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2002-2021 (Objetivo 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, conforme se desprende del Oficio N° 230/ AGREMIL PERU-BRASIL/W-c.3.4 del 17 de agosto de 2017, la alimentación y alojamiento serán cubiertos por el Ejército de Brasil, por lo que debe otorgarse la Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero por el equivalente al veinte por ciento (20%) del que corresponde a su grado y zona geográfica, en mérito a lo establecido en los artículos 1 y 3 del Decreto

US$. 2 740.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con

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