Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2017 (21/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de octubre de 2017 /

El Peruano

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nro. 726201, presentado por doña YANINA GORETTA CHACON HUERTA, egresada de la hoy Escuela Profesional de Ciencias Administrativas de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, con Código Universitario Nº 050837, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Administración por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nro. 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva, aprobada por Resolución Nro. CU- 224 -2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006 y actualizada por Resolución Nro. R-1152 -2017-UNSAAC de 19 de septiembre de 2017; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión del duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Administración, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Original de la Constancia de la denuncia policial; 3) Reporte del Registro Nacional de Grados Académico y Títulos Profesionales de la SUNEDU; 4) Copia certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución por la que se le confiere el Grado Académico de Bachiller en Administración; 5) Dos Fotografías; 6) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia de su Documento Nacional de Identidad; Que, mediante Oficio Nro. 470-2017-FACACETUNSAAC, la Decana de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo, señala que la recurrente ha optado al Grado Académico de Bachiller en Administración de acuerdo a los documentos que obran en Secretaría, según Resolución Nº CU-04212010-GT de fecha 10 de febrero de 2010; Que, del Informe Nro. 054-2017-GT expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Grado Académico de Bachiller en Administración, conforme aparece en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nro. 12, encontrándose inscrito en el folio Nro. 1066 con Resolución Nro. CU-0421-2010-GT de fecha 10 de febrero de 2010, verificándose que el diploma de la administrada se encuentra registrado en el padrón de Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU; Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día 27 de septiembre de 2017, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, Ley 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, Resolución del Consejo Directivo de la SUNEDU Resolución Nro. 038-2016-SUNEDU/CD, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER EN ADMINISTRACIÓN, POR MOTIVO DE PERDIDA, a favor de doña YANINA GORETTA CHACON HUERTA, con Código Universitario Nro. 050837, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá

consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO Rector 1577944-1

Autorizan la emisión de duplicado de diploma de Bachiller en Turismo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-0351-2017-UNSAAC/ Cusco, 28 de setiembre de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nro. 729631, presentado por doña VELU MONICA SANCHEZ MORALES, egresada de la hoy Escuela Profesional de Turismo de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, con Código Universitario Nº 950954, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Turismo por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nro. 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva, aprobada por Resolución Nro. CU- 224 -2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006 y actualizada por Resolución Nro. R-1152-2017-UNSAAC de 19 de septiembre de 2017; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión del duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Turismo, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Original de la Constancia de la denuncia policial; 3) Reporte del Registro Nacional de Grados Académico y Títulos Profesionales de la SUNEDU; 4) Copia certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución por la que se le confiere el Grado Académico de Bachiller en Turismo; 5) Dos Fotografías; 6) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia de su Documento Nacional de Identidad; Que, mediante Oficio Nro. 262-2017-EPT-FACACETUNSAAC, la Decana de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo, señala que la recurrente ha optado al Grado Académico de Bachiller en Turismo de acuerdo a los documentos que obran en Secretaría, según Resolución Nº CU-01312003-GT de fecha 17 de enero de 2003;

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