Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2017 (26/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de octubre de 2017 /

El Peruano

Derecho a la Identidad y a la par permite a su titular el ejercicio personal de sus demás derechos y el actuar en una multiplicidad de situaciones en la realidad de las relaciones socio-jurídicos, lo que en la práctica constituye el ejercicio real de los derechos; Que, la referida Ley en su artículo 31°, precisa que el Documento Nacional de Identidad-DNI, se utiliza para "identificarse, sufragar, para intervenir en actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales, realizar actos notariales, ser nombrado funcionario, obtener pasaporte e inscribirse en el sistema de seguridad o previsión social, entre otros usos" (artículo 26° de la Ley N° 26497 y artículo 84° del D.S. N° 015-98, "Reglamento de Inscripciones de RENIEC"); Que, la Ley N° 27337, que aprueba el Código de los Niños y Adolescentes, en su artículo 6° De la Identidad, establece "el niño y al adolescente tienen derecho a la identidad, lo que incluye el derecho a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y llevar sus apellidos. También tienen derecho al desarrollo integral de su personalidad". Asimismo, el artículo 7° relativo a la Inscripción, establece "Los niños son inscritos en el Registro de Estado Civil correspondiente por su padre, madre o el responsable de su cuidado, inmediatamente después de su nacimiento (...)"; Que, la Ley N° 29312 de fecha 7 de enero del 2009, "Ley que regula el Procedimiento de reposición de actas de nacimiento, matrimonio y defunción, destruidas o desaparecidas por negligencia, hechos fortuitos o actos delictivos", la cual se constituye en otro instrumento para la lucha contra la indocumentación; pues flexibiliza el procedimiento para recuperar los registros por parte de RENIEC, en coordinación con las oficinas de registro civil y la colaboración de los ciudadanos afectados y terceros legitimados; Que, la Ley N° 29462, establece "la gratuidad de la inscripción del nacimiento, de la primera copia certificada del acta de nacimiento y de la expedición del certificado de nacido vivo y amplía el plazo de 30 a 60 días calendarios para la inscripción ordinaria en las oficinas registrales de RENIEC", y a 90 días calendarios de ocurrido el nacimiento en lugares de difícil acceso, como son los centros poblados alejados, zonas de frontera, zonas de selva y ceja de selva, comunidades campesinas, nativas. La Ley es explícita y deja atrás una de las barreras administrativas que impedían que las personas concretaran su registro; Que, la Ley N° 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, tiene por objeto establecer el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida, pública y privada, propendiendo a la plena igualdad; que, el inciso 3 del artículo 4° de la mencionada Ley señala que es rol del Estado incorporar y promover el uso de lenguaje inclusivo en todas las comunicaciones escritas y documentos que se elaboren en todas las instancias y niveles de gobierno; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece en su artículo 4° que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Asimismo, en su artículo 60º establece sus funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, precisando en el literal h) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad. Además, según el artículo 38° las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las políticas Nacionales de Obligatorio

cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, que prescribe respecto en Materia de Igualdad de Hombres y Mujeres, Impulsar en la sociedad, en sus acciones y comunicaciones, la adopción de valores, prácticas, actitudes y comportamientos equitativos entre Hombres y Mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminación; Que, el Decreto Supremo N° 007-2008-MIMDES del 23 de diciembre de 2008, el cual aprueba el "Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018", tiene como objetivo lograr la inclusión y participación plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida social. Contiene líneas estratégicas orientadas a ampliar la cobertura del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, mejorando las técnicas de inscripción y coordinando acciones con el RENIEC, como campañas de certificación gratuita de discapacidad, donde se identifican y son atendidos grupos de la población que no cuentan con documentación; Que, mediante Ordenanza Regional N° 034-2016GRLL/CR, se aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado: PDRC La Libertad 2016-2021, el cual considera como primer objetivo estratégico, "Reducir la pobreza y la desigualdad, a través del ejercicio de derechos y reducción de brechas sociales con enfoque de género", además precisa entre sus acciones estratégicas "Promoción del respeto y ejercicio de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y los reconocidos en los diversos tratados internacionales suscritos por el Perú; Que, la Resolución Jefatural N° 548-2011-JNAC/ RENIEC, resuelve modificar el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 016-2011-JNAC/RENIEC, disponiéndose el cambio de "Plan Nacional de Atención de la Problemática de la Indocumentación 2011-2015, por el "Plan Nacional Perú contra la Indocumentación 20112015"; Que, la Resolución Jefatural N° 04-2017/JNAC/ RENIEC, establece con eficacia anticipada, al primer día útil de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017, la gratuidad en la tramitación de los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales-RUIPN y la consecuente expedición del DNI, para menores y mayores de edad, en la modalidad de inscripción por primera vez, renovación, duplicado y rectificación de datos, que se gestionen en las campañas de documentación, y cuya población habite en los distritos categorizados dentro de los quintiles 1 y 2 según metodología del MEF, en base al mapa de pobreza del INEI 2013; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 670-2014-GRLL/PRE, se aprueba el Plan Regional de Igualdad de Género 2014-2021, el cual establece en el objetivo estratégico 7, entre sus acciones estratégicas, "Promover la difusión del derecho a la identidad, su importancia e implicancia para el ejercicio de la ciudadanía activa y realizar campañas de información sobre acceso y trámite para obtener DNI y partidas de nacimiento", "mejorar la coordinación con la RENIEC y los gobiernos locales para el otorgamiento de documentos de identidad, específicamente a mujeres, niñas, adolescentes y adultas de sectores rurales". Implementar estrategias locales y de gobierno regional para reducir brechas entre hombres y mujeres sobre identidad y acceso al D.N.I."; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 6692014-GRLL/PRE, se aprueba el Plan Regional de Acción por la Infancia y la Adolescencia de La Libertad 20142021, el cual precisa entre sus acciones estratégicas, "Fortalecer el Programa presupuestal con enfoque de Resultados de acceso a la identidad"; Que, mediante el Acta de Compromiso para conformar la "Mesa Regional de Trabajo por los Indocumentados", de fecha 20 de mayo del 2014, los y las representantes de las instituciones públicas y de la sociedad civil presentes, en el marco del "Plan Nacional Perú contra la Indocumentación 2011-2015" y la Estrategia Regional para la Reducción de la pobreza y la desnutrición infantil en la Región de La Libertad "CRECER en LIBERTAD", se comprometen a conformar la Red "Mesa Regional de Trabajo por los Indocumentados" para articular

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