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99 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2017 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el artículo II, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y los artículos 73° y 80° señalan que las municipalidades provinciales ejercen funciones en materia de saneamiento ambiental, salubridad y salud, así como la protección y conservación del medio ambiente; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000010 del 24 de febrero de 2007 se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao, la cual tiene como parte integrante, entre otros, el anexo denominado Cuadro de Infracciones y Sanciones; Que, con Ordenanza Municipal N° 000026 de fecha 18 de junio de 2008, se modi fi có la Ordenanza Municipal N° 000010 respecto a los Códigos N° 03-004, 03-012 y 03-038 de la Gerencia de Protección del Medio Ambiente, establecidos en el Cuadro de Infracciones y Sanciones correspondiente; Que, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece en su artículo IV del Título Preliminar inciso 1, numeral 1.4 el Principio de Razonabilidad que señala que las decisiones de la autoridad administrativa, cuando creen obligaciones, cali fi quen infracciones, impongan sanciones, o establezcan restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida y manteniendo la debida proporción entre los medios a emplear y los fi nes públicos que deba tutelar, a fi n de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido; Que, con Informe N° 011-2016-MPC/GGPMA- GCA-LEBG, la Gerencia de Control Ambiental propone incrementar las sanciones establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones a fi n de ejercer un rol disuasivo frente a posibles casos de contaminación generados por terceros tras haber expuesto la problemática que se viene suscitando en la Provincia Constitucional del Callao y las medidas correctivas que se vienen adoptando por la Municipalidad Provincial del Callao a través de la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente y tras comprobar que no se viene cumpliendo totalmente el compromiso ambiental por parte de diversas personas naturales y/o jurídicas; Que, la presente ordenanza tiene como antecedentes los Memorandos Nº 1145-2016-GGPMA y 1171-2016-MPC/GGPMA de la Gerencia General de Protección de Medio Ambiente y los Informes Nº 011-2016-MPC/GGPMA-GCA-LEEBG y 095-2016-MPC/GGPMA-GCA-LEGAL de la Gerencia de Control Ambiental. Que, mediante Memorando N° 759-2016-MPC- GGAJC la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación es de opinión que resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Municipal que modi fi ca e incluye nuevas infracciones al Régimen de Aplicación de Sanciones de la Ordenanza Municipal N° 000010 del 24 de febrero del 2007, fundamentándose en el artículo 230 inciso 3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General N° 27444, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1029 y en el artículo 46 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal Provincial del Callao, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le con fi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES (RAS) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Artículo 1. Modifícase la Ordenanza Municipal N° 000010 del 24 de febrero de 2007 y modi fi catorias, en su anexo denominado: Cuadro de Infracciones y Sanciones del Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao, en la parte correspondiente a la Gerencia General de Protección del Medio Ambiente, modi fi cando e incorporando en los diferentes títulos las infracciones y sanciones de acuerdo al siguiente detalle: a) En el Título “Gerencia General de Protección del Medio Ambiente”, en el subtítulo “Gerencia de Control Ambiental”, las correspondientes a los Códigos 03-004, 03-011, 03-012, 03-017, 03-019, 03-020, 03-021, 03-023, 03-024, 03-036, 03-038; 03-039; 03-040, 03-041, 03-046, conforme se detalla: Código Descripción Categorías (%) UIT Sanción Complementaria I II III IV V 03-004Por arrojar residuos sólidos de cualquier origen y naturaleza, maleza, o desmonte en la vía pública y en otros lugares no autorizados (parques y jardines, zonas marino costeras, riberas, entre otros) y/o sin cumplir con las normas técnicas sanitarias vigentes, en triciclos, camiones u otros.300 300 300 500 500Decomiso / retención / internamiento del vehículo 03-011Por no efectuar la disposición fi nal en el relleno sanitario autorizado por la municipalidad provincial del callao.300 300 300 500 500Decomiso / retención / internamiento del vehículo 03-012Por transportar en vehículos mayores o menores residuos sólidos orgánicos e inorgánicos, desmontes y/o maleza u otros (para su disposición fi nal o reaprovechamiento) sin la autorización de la Municipalidad Provincial del Callao. 100 200 200 300 400Decomiso / retención / internamiento del vehículo 03-017 Por almacenar sustancias, productos, materiales tóxicos en áreas urbanas. 100 100 300 400 50003-019Por dejar y/o derramar en la vía publica residuos (aceites o grasas e hidrocarburos, etc…)200 200 200 300 300 03-020Por no adoptar precauciones para la depuración de descarga o emisiones que contaminen el agua, el aire o el suelo. 100 100 100 500 500 03-021Por usar vehículos destinados al transporte de sustancias peligrosas para transportar productos de consumo humano.500 500 500 500 500Decomiso / retención / internamiento del vehículo 03-023Por incumplimiento del compromiso de protección ambiental contenido en el certi fi cado de conformidad ambiental, sin perjuicio de ordenarse la clausura transitoria o de fi nitiva del establecimiento comercial.100 100 200 300 500 03-024Por no usar toldos, mantas u otros sistemas de protección en fuentes fi jas o móviles para evitar la dispersión de arena, polvo, tierra, material de construcción u otras partículas sólidas que puedan producir contaminación ambiental 500 500 500 500 500Decomiso / retención / internamiento del vehículo 03-036Por depositar residuos peligrosos y/o radiactivos en la vía pública para ser retirados por personal municipal.100 200 200 300 400 03-038Por almacenar, tratar, transportar y realizar la disposición fi nal de los residuos sólidos sin autorización o sin cumplir las normas técnicas sanitarias vigentes.100 200 200 300 400Decomiso / retención / clausula temporal o de fi nitiva