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96 NORMAS LEGALES Jueves 26 de octubre de 2017 / El Peruano - Ofi cina Defensorial de La Libertad, quien participará dentro del marco de sus competencias y atribuciones de supervisión y defensa de los derechos de las personas. - El Pleno de la Mesa puede incorporar a instituciones especializadas que estime conveniente. Artículo Tercero.- La “Mesa Regional de Trabajo por las y los Indocumentados” en la Región de La Libertad, tiene las siguientes funciones: 1. Proponer, coordinar y articular la política regional en el derecho a la identidad, en bene fi cio de la población, en especial de los grupos vulnerables, como son las personas en situación de pobreza; niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad, mujeres, personas adultas mayores, personas privadas de su libertad, y de la sociedad en conjunto que puedan encontrarse en situación de riesgo y excluidas de sus derechos. 2. Difundir, sensibilizar y promocionar la política regional que garantiza el derecho al nombre y a la identidad personal como derecho fundamental de la persona. 3. Recabar información de las instancias que forman parte del circuito de la identidad con respecto a sus planes y acciones anuales. 4. Vigilar, monitorear y evaluar el proceso de implementación de las acciones, estrategias, metas e indicadores diseñados por las instancias nacionales, regionales y locales, respecto a la inscripción de personas indocumentadas (circuito de la identidad). 5. Promover la conformación de Mesas de Trabajo por las y los Indocumentados, en las provincias y distritos. 6. Presentar semestralmente ante el Despacho de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, un informe sobre el avance de la promoción del derecho al nombre y la identidad de los niños, niñas, adolescentes y demás personas en situación de vulnerabilidad, el mismo que será difundido en el Portal Web del Gobierno Regional de La Libertad y será puesto de conocimiento a la Comisión de Desarrollo Social del Consejo Regional de La Libertad. 7. Articular espacios con instituciones intervinientes para la programación de las campañas de documentación, garantizando la expedición gratuita del Acta de Nacimiento conforme a lo regulado en la Ley N° 29462, requisito indispensable para el trámite de DNI. 8. Elaborar el Reglamento de operatividad de la “Mesa Regional de Trabajo por las y los Indocumentados”. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en la página web del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los tres días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Ciudad de Trujillo, en la Casa del Gobierno Regional de La Libertad a 11 OCT. 2017. LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional 1579660-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como, los requisitos y derechos de trámite, los cuales se encuentran contenidos en el TUPA del Instituto Catastral de Lima ORDENANZA N° 2067 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 19 de octubre de 2017, el Dictamen N°154-2017-MML-CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL INSTITUTO CATASTRAL DE LIMA-ICL Artículo Primero.- Aprobar los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como, los requisitos y derechos de trámite que se establecen por los mismos, los cuales se encuentran contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Catastral de Lima, los mismos que como Anexo N° 1 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Catastral de Lima –TUPA ICL, el que contiene cuatro (4) procedimientos administrativos y seis (6) Servicios Prestados en Exclusividad; el mismo que como Anexo N° 2 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Aprobar el Formato Único, con carácter de declaración jurada gratuito para la tramitación de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad establecidos en el TUPA ICL; el mismo que como Anexo N° 3 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- El Anexo N° 1, los cuadros de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad que contiene el TUPA ICL (Anexo N° 2), así como el formato único emitido por el sistema (SISCAT), a que se re fi ere el artículo 3° de la presente Ordenanza (Anexo N° 3), serán publicados en el Portal Institucional del Instituto Catastral de Lima (www.icl.munlima.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo Quinto.- Deróguese la Ordenanza N° 1566, que aprueba el TUPA del ICL y todas aquellas normas que la modi fi quen y/o complementen. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publíquese y cumpla. Lima,19 de octubre de 2017 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1580135-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales.