Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Jueves 7 de setiembre de 2017 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra del Ambiente a Chile y encargan su Despacho al Ministro de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 138-2017-PCM Lima, 6 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, desde el año 2005, la comunidad mundial involucrada en la gestión de las Áreas Marinas Protegidas (AMP) se reúne cada cuatro años en los Congresos Internacionales de Áreas Marinas Protegidas (IMPAC, por sus siglas en inglés), los que tienen como objetivo compartir conocimientos y experiencias, además de unir esfuerzos para fortalecer las mejores prácticas en el uso y gestión de las AMP, con el fin de conseguir la conservación efectiva de la biodiversidad marina y el patrimonio natural y cultural de los océanos; Que, mediante documento s/n de fecha 30 de mayo de 2017, el Ministro del Medio Ambiente de Chile cursa invitación a la Ministra del Ambiente del Perú para participar en la Reunión de Alto Nivel en el marco del Cuarto Congreso Internacional de Áreas Marinas Protegidas - IMPAC4; específicamente, como panelista en el Panel III: "Integrating local communities and other key stakeholders in the creation and effective management of MPAs", evento que se llevará a cabo en la ciudad de Viña del Mar, Provincia y Región de Valparaíso, República de Chile, el día 9 de setiembre de 2017; precisándose que el Ministerio del Ambiente de Chile cubrirá los gastos de hospedaje para la referida participación; Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación de la Ministra del Ambiente en el referido evento, el mismo que permitirá evaluar el cumplimiento de las metas globales en lo referido a la protección de los océanos, buscando generar un compromiso conjunto para abordar las materias más urgentes que afrontan los océanos y las AMP, incluyendo los impactos del cambio climático y los desafíos futuros en la gestión y uso de los recursos marinos; Que, siendo de interés nacional, resulta necesario autorizar el viaje de la señora Ministra del Ambiente, a la República de Chile, para que participe en el Panel III: "Integrating local communities and other key stakeholders in the creation and effective management of MPAs" del Cuarto Congreso Internacional de Áreas Marinas Protegidas - IMPAC4; Que, en tanto dure la ausencia de la titular, es necesario encargar el Despacho del Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se realiza por resolución suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y modificatorias, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la Ministra del Ambiente, señora ELSA PATRICIA GALARZA CONTRERAS, del 08 al 10 de setiembre de 2017, a la ciudad de Viña del Mar, Provincia y Región de Valparaíso, República de Chile; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, son cubiertos con cargo del presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (por 2 días) US$ 1973.18 US$ 370.00

Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ministerio del Ambiente al señor EDUARDO FERREYROS KÜPPERS, Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 09 de setiembre de 2017 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1562695-7

AGRICULTURA Y RIEGO
Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del Quincuagésimo Tercer Período de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT)
DECRETO SUPREMO Nº 012-2017-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 66 de la Constitución Política del Perú, establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son Patrimonio de la Nación y el Estado es soberano en su aprovechamiento; Que, la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT) es una Organización Intergubernamental que se encuentra conformada por países productores y consumidores de maderas tropicales, y que tiene la misión de facilitar las discusiones, consultas y la cooperación internacional en materias de comercio internacional y utilización de maderas tropicales y en el manejo sustentable del recurso forestal en la región tropical; Que, la OIMT tiene su sede en la ciudad de Yokohama, Japón; siendo el Estado peruano parte de la Organización antes señalada como país productor; tiene como función

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