Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de setiembre de 2017 /

El Peruano

participación oportuna del Personal Militar designado durante la totalidad de días de duración de la referida Misión de Estudios, es necesario autorizar su salida con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al personal militar que se indica a continuación, para que participe en la pasantía sobre los aspectos administrativos, financieros y logísticos para la contribución de unidades aéreas a las Misiones de Paz a cargo de la Fuerza Aérea de Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 11 al 15 de setiembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 10 de setiembre de 2017: N° Grado, Nombres y Apellidos Teniente Primero 1 José Manuel QUESADA Andrade 2 Técnico Tercero David Daniel ENRIQUE Arestegui DNI 43423348 10871213 CIP 00928896 00986781

Autorizan viaje de Viceministro de Políticas para la Defensa y de oficial FAP a Egipto, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1230-2017-DE/SG Lima, 5 de setiembre de 2017 VISTOS: La Carta del 1 de mayo de 2017 cursada por el Director del Centro de El Cairo para la Resolución de Conflictos y el Mantenimiento de la Paz en África (CCCPA); el Informe Técnico N° 002-2017-MINDEF/CECOPAZ del 21 de agosto del 2017, del Director del Centro de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz (CECOPAZ); el Informe N° 070-2017-MINDEF/VPD/B/01.e de fecha 29 de agosto de 2017, del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales); y, el Informe Técnico N° 004-2017-MINDEF/VPD/B/0.d de fecha 4 de setiembre de 2017 de la Dirección General de Relaciones Internacionales. CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Entrega y Recepción de la Presidencia de la Asociación Latinoamericana de Centros de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz ­ ALCOPAZ (en adelante, ALCOPAZ) de fecha 4 de agosto de 2017, la Asamblea General de la Asociación Latinoamericana de Centros de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz (ALCOPAZ) reunida en la ciudad de Asunción, República del Paraguay del 31 de julio al 4 de agosto de 2017, transfirió su presidencia al Perú por un mandato de dos (2) años, en la persona del Mayor General (R) Fernando Rafael ORDÓÑEZ VELÁSQUEZ, Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa; Que, mediante Informe Técnico N° 004-2017-MINDEF/ VPD/B/0.d de fecha 4 de setiembre de 2017, emitido por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, se señala que el Coronel FAP Jaime Rogger ALEMAN CISNEROS, Director del Centro de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz ­ CECOPAZ (en adelante, CECOPAZ), asumió la Secretaría General Pro Tempore de la ALCOPAZ; Que, mediante Carta del 1 de mayo del 2017, el Director del Centro de El Cairo para la Resolución de Conflictos y el Mantenimiento de la Paz en África (CCCPA, por sus siglas en inglés), invita a los miembros de la Asociación Internacional de Centros de Entrenamiento para Operaciones de Paz (IAPTC, por sus siglas en inglés) para participar en la 23a Conferencia Anual de la Asociación Internacional de Centros de Entrenamiento para Operaciones de Paz, con el tema: "Formación Integrada para el Mantenimiento de la Paz en Entornos Complejos", a llevarse a cabo en El Cairo, República Árabe de Egipto, del 11 al 14 de setiembre del 2017; Que, mediante documento de fecha 9 de agosto de 2017, la IAPTC comunicó que, conforme a los Estatutos de ALCOPAZ, Paraguay transfirió las responsabilidades de la Presidencia y la Secretaría Pro-Tempore al Perú, por lo que las autoridades designadas para el evento son el Mayor General (R) Fernando Rafael ORDOÑEZ VELÁZQUEZ y el Coronel FAP Jaime Rogger ALEMAN CISNEROS, en su calidad de Presidente y Secretario General Pro Tempore de ALCOPAZ, respectivamente; Que, mediante el citado Informe Técnico N° 004-2017-MINDEF/VPD/B/0.d de fecha 4 de setiembre de 2017, emitido por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, se precisa que "el IAPTC ha desarrollado una serie de vínculos con otras organizaciones, el más importante es con la ONU, a través del Departamento de Operaciones de las Naciones Unidas, así como con la Asociación Latinoamericana de Centros de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz (ALCOPAZ), la cual ostenta la calidad de miembro de IAPTC"; Que, asimismo, dicho Informe Técnico N° 004-2017-MINDEF/VPD/B/0.d de fecha 4 de setiembre de 2017, emitido por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa señala

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Aéreos: Lima ­ Buenos Aires / República de Argentina ­ Lima US$ 635.09 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 1,270.18 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 5 días Total a pagar: US$ 3,700.00 _____________ US$ 4,970.18

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Personal Militar designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de su retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, los funcionarios autorizados, efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento de la Institución Armada al que pertenece el personal militar en Misión de Estudios, el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1561902-1

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