Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 7 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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General de la Nación calificar, acopiar, conservar, organizar, describir y servir la documentación histórica con valor permanente y trascendente para la Nación y la documentación proveniente de la administración pública central, con sujeción a la legislación sobre la materia; Que, mediante Oficio Nº 219-2017-AGN/J de fecha 22 de agosto de 2017, la Jefatura del Archivo General de la Nación remitió al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación del Protocolo Ambulante de los Conquistadores, el cual consta de un Catálogo de 804 Escrituras y se encuentra custodiado por el Archivo General de la Nación; ello, en mérito al sustento técnico emitido por la Dirección de Archivo Colonial a través del Informe N° 32-2017-AGN/ DNAH-DAC e Informe Conjunto N° 001-2017-AGN/ DNAH-DAC-BJRC; Que, el Protocolo Ambulante de los Conquistadores destaca por su valor al haber obtenido reconocimientos a nivel internacional, toda vez que en el año 2011 el Comité Regional para América Latina y el Caribe (MOWLAC) con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO certificaron su incorporación en el Registro Memoria del Mundo de América Latina y el Caribe, por su significado para la memoria colectiva de la Sociedad de América Latina y el Caribe; asimismo, en el año 2013 la UNESCO certificó la inscripción como Registro Memoria del Mundo en reconocimiento a su trascendencia para la memoria colectiva; Que, mediante el Informe N° 32-2017-AGN/DNAHDAC de fecha 18 de agosto de 2017, la Dirección de Archivo Colonial hizo suyo el Informe Conjunto N° 0012017-AGN/DNAH-DAC-BJRC de fecha 16 de agosto de 2017, a través del cual se señaló que el Protocolo Ambulante de los Conquistadores presenta una serie de valores históricos, científicos y sociales relacionados a la identificación de su autenticidad, antigüedad y contenido; además, constituye patrimonio documental del Perú, siendo el más antiguo generado en nuestro territorio, con un contenido significativo para la investigación histórica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 013-90-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0052013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Protocolo Ambulante de los Conquistadores, el cual consta de un Catálogo de 804 Escrituras que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, y se encuentra custodiado por el Archivo General de la Nación. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial al Archivo General de la Nación, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ERNESTO ARRUNÁTEGUI GADEA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1562173-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1224-2017 DE/CCFFAA Jesús María, 4 de setiembre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 6008 CCFFAA/OAI/UOP/REG, del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 18 de agosto de 2017. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1519 CCFFAA/OAI/UOP/REG, de fecha 08 de marzo de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informa al Agregado de Defensa y Naval de la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, que las Instituciones Armadas han manifestado su interés de desplegar unidades aéreas a las Misiones de Paz de la Organización de las Naciones Unidas, asimismo, se ha considerado dentro de las prioridades para el año 2017, la capacitación del personal militar a cargo del planeamiento, coordinación y conducción de la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de mantenimiento de la paz; Que, mediante el Oficio V.200-044 de fecha 03 de abril de 2017, el Agregado de Defensa y Naval de la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, hace de conocimiento del Oficial de la Jefatura II ­ Inteligencia del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina, que en el marco del Entendimiento Tercero del Acta de la XV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina, la factibilidad para que UN (1) Oficial y UN (1) Técnico de la Unidad de Operaciones de Paz del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, realicen una pasantía en las instalaciones de la Fuerza Aérea de Argentina con el fin de conocer los aspectos administrativos, financieros y logísticos para la contribución de unidades aéreas a las Misiones de Paz; Que, mediante Oficio N° 5813 CCFFAA/OAI/UOP/REG de fecha 08 de agosto de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informó que el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ha propuesto al Teniente Primero José Manuel QUESADA Andrade y al Técnico Tercero David Daniel ENRIQUE Arestegui, para que participen en la mencionada pasantía; Que, conforme a lo señalado en el Dictamen N° 8182017/CCFFAA/OAJ de fecha 16 de agosto de 2017, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero José Manuel QUESADA Andrade y del Técnico Tercero David Daniel ENRIQUE Arestegui, para que participen en la pasantía a cargo de la Fuerza Aérea Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 11 al 15 de setiembre de 2017, por cuanto los conocimientos y experiencias a ser adquiridos redundarán en beneficio del accionar conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, conforme al documento mencionado en el considerando precedente, el proyecto de Resolución Ministerial se encuentra acorde con la normativa vigente que regula los viajes al exterior en Misión de Estudios; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fin de prever la

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