Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de setiembre de 2017 /

El Peruano

EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC 2017, el mismo que como anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 162-2016-MDP/C, y cualquier normativa que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y por su intermedio a la Sub Gerencia de Ecología y Medio Ambiente, la implementación del Plan aprobado, con el apoyo de las unidades orgánicas de la corporación edil, quienes deberán de prestar las facilidades necesarias para su cabal cumplimiento. Artículo Cuarto.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias o modificatorias necesarias que requiera el Plan aprobado, con la finalidad de dar cumplimiento al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación en la página web del portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www.munipachacamac.gob.pe. Artículo Sexto.- DISPENSAR del trámite de aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MAXIMILIANO OLIVA MACIAS Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1562456-1

Lima inscrito en la Partida Electrónica Nº 13047898 de los Registros Públicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 086-2014SGHU-GDU-MDSJL de fecha 06 de marzo de 2014, se aprobó el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote Único para uso Residencial de Densidad Media ­ RDM, del terreno de 5,285.53 m2 ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano Trazado y Lotización Nº 007-2014-HU-SGHU-GDU-MDSJL y el Plano de Ubicación y Localización Nº 008-2014-HU-SGHU-GDUMDSJL, solicitada por CONSTRUCTORA PERUANA MI VIVIENDA; Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 1002014- SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 23 de mayo de 2014, se dispuso ENMENDAR el Artículo Segundo, Tercero y Sétimo de la Resolución Sub Gerencial Nº 0862014- SGHU-GDU-MDSJL de fecha 06 de marzo de 2014 en merito a la Esquela de Observación de SUNARP; Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 218-2014- SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 17 de setiembre de 2014, se resolvió DEJAR SIN EFECTO la Resolución Sub Gerencial Nº 100-2014- SGOPHUGDU-MDSJL de fecha 23 de mayo de 2014, asimismo se dispuso ACLARAR el Artículo Primero de la Resolución Sub Gerencial Nº 086-2014-SGHU-GDU-MDSJL de conformidad con el Plano de Ubicación y Localización Nº 014-2014-HU-SGOPHU-GDU-MDSJL y el Plano Trazado y Lotización Nº 015-2014-HU-SGOPHU-GDU-MDSJL, de igual manera se dispuso ENMENDAR el Artículo Sétimo de la mencionada resolución; Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 3222014- SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 24 de noviembre de 2014, resolvió ACLARAR y ENMENDAR el Artículo Segundo de la Resolución Sub Gerencial Nº 218-2014SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 17 de setiembre de 2014 de conformidad con el Plano de Ubicación y Localización Nº 014-2014-HU-SGOPHU-GDU-MDSJL y el Plano Trazado y Lotización Nº 022-2014-HU-SGOPHU-GDUMDSJL. ACLARAR y ENMENDAR el Artículo Tercero de la Resolución Sub Gerencial Nº 218-2014- SGOPHU-GDUMDSJL. ACLARAR y ENMENDAR el Artículo Segundo de la Resolución Sub Gerencial Nº 086-2014- SGHU-GDUMDSJL. ACLARAR que la memoria descriptiva del Plano Nº 022-2017-HU-SGOPHU-GDU-MDSJL reemplaza a la memoria descriptiva del Plano Nº 015-2014-HUSGOPHU-GDU-MDSJL; Que, en el Artículo 1º de la Ley 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, señala que "la presente Ley tiene el objeto de establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la independización de predios rústicos, subdivisión de lotes, obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación; fiscalización en la ejecución de los respectivos proyectos; y la recepción de obras de habilitación urbana y la conformidad de obra y declaratoria de edificación; garantizando la calidad de vida y la seguridad jurídica privada y pública". Asimismo el Artículo 2º de la ley señala que los procedimientos administrativos, regulados en la ley, son único y de implicación obligatoria a nivel nacional, además determina responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitación urbana y de edificación; Que, en el numeral 9 del Artículo 4º de la Ley 29090Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, señala que las Municipalidades Distritales en el ámbito de se jurisdicción (...), tienen competencia para la aprobación del Proyecto de Habilitación Urbana y de Edificaciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Asimismo el numeral C del Artículo 13 señala que el titular de la licencia de habilitación o de edificación tiene los siguientes deberes: (...) Solicitar la recepción de obras o la conformidad de obra en cualquiera de sus dos procedimientos, al concluir con la ejecución del proyecto de habilitación urbana o de edificación;

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban la recepción de obras Proyecto de habilitación urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote Único para uso Residencial de Densidad Media
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS RESOLUCIÓN SUB GERENCIAL Nº 257-2017-SGOPHU-GDU/MDSJL San Juan de Lurigancho, 19 de julio de 2017 LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Registro Nº 17601-P1-2017, de fecha 24 de marzo de 2017, promovido por los señores PALACIOS BELLIDO JORGE FRANCISCO, PALACIOS CHOPITEA VDA DE MESETH MARIA AMALIA, PALACIOS CUBA CAROLINA, CARBAJAL PALACIOS INES, PALACIOS BARREDA MARIA TERESA, PALACIOS BARREDA ALONSO, PALACIOS GONZALEZ PARDO MARIA ALICIA MERCEDES, y PALACIOS GONZALES SANTIAGO mediante el cual solicita la Recepción de obras Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote Único para uso Residencial de Densidad Media ­ RDM, del terreno de 5,285.53 m2 ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de

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