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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (07/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Jueves 7 de setiembre de 2017 / El Peruano Los plazos señalados en el primer y segundo párrafo del presente artículo, se aplican al procedimiento administrativo sancionador por infracciones señaladas en el artículo 36 de la Ley y en el artículo 29-A de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos. Dichos plazos no se aplican al procedimiento administrativo sancionador por conducta prohibida en la propaganda política regulada en el artículo 42 de la Ley, debiendo tenerse en cuenta el plazo señalado en el numeral 7 del artículo 81-A del Reglamento. Artículo 86.- Actuaciones previas al inicio del procedimiento Las acciones u omisiones referidas a eventuales infracciones sancionables de una organización política, del promotor o de la autoridad sometida a la consulta popular de revocatoria, son evaluadas por la Gerencia para determinar si concurren las circunstancias que justi fi quen el inicio del procedimiento administrativo sancionador. Con la aprobación de la resolución de la Gerencia, se da inicio al procedimiento administrativo sancionador. - Incorporación de la Tercera Disposición Final y Transitoria al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado por Resolución Jefatural Nº 060-2005-J/ONPE y sus modi fi catorias, conforme al siguiente texto: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Tercera.- La Gerencia podrá regular a través de resoluciones gerenciales los aspectos referidos a la implementación y ejecución del fi nanciamiento público directo. 1562698-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 3373-2017 Lima, 24 de agosto de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor Félix Eduardo Romani Seminario para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección III De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Peritos de Seguros Marítimos: Inspector de Cascos Marítimos y Maquinarias; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 5333-2016 de fecha 07 de octubre de 2016 se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 20 de julio de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Félix Eduardo Romani Seminario postulante a Auxiliar de Seguros - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por !a Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Félix Eduardo Romani Seminario con matrícula N° PN-311 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección III De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Peritos de Seguros Marítimos: Inspector de Cascos Marítimos y Maquinarias, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1561831-1 Autorizan al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de oficina especial temporal en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 3418-2017 Lima, 31 de agosto de 2017EL INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la Banco Interamericano de Finanzas para que se le autorice la apertura de una ofi cina especial temporal, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución N° 4797-2015 y modi fi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Interamericano de Finanzas la apertura de una o fi cina especial temporal en la Feria Expoalimentaria organizada por la Asociación de Exportadores (Adex) desde el 27 hasta el 29 de setiembre del 2017, en la sede del Centro de Exposiciones del Jockey Club del Perú, ubicada en la Avenida Javier Prado Este cruce con Carretera Panamericana Sur s/n - Ingreso Puerta 1, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1561914-1