Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Jueves 7 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2017- VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, cuyo articulo 16º refiere que el procedimiento Administrativo de Habilitación Urbana contempla dos etapas: aprobación del proyecto y recepción de obra; Asimismo el Artículo 32 señala que concluidas las obras de habilitación urbana, el administrado solicita la recepción de las mismas, para lo cual presenta ante la Municipalidad respectiva, los requisitos que exige la normas; Que, de acuerdo a la evaluación del expediente se tiene que los señores PALACIOS BELLIDO JORGE FRANCISCO, PALACIOS CHOPITEA VDA DE MESETH MARIA AMALIA, PALACIOS CUBA CAROLINA, CARBAJAL PALACIOS INES, PALACIOS BARREDA MARIA TERESA, PALACIOS BARREDA ALONSO, PALACIOS GONZALEZ PARDO MARIA ALICIA MERCEDES, y PALACIOS GONZALES SANTIAGO solicita la Recepción de obras Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote Único para uso Residencial de Densidad media ­ RDM, del terreno de 5,285.53 m2 ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 13047898 de los Registros Públicos, cuyo Asiento B0002 obra inscrita la anotación preventiva del proyecto de habilitación urbana, y en el Asiento D0003 consta la carga de la Habilitación Urbana por el pago pendiente a SERPAR, FOMUR y MINISTERIO DE EDUCACION; Que, mediante Boleta de Venta Electrónica Nº EB0118 de fecha 08 de marzo de 2017 con el sello de recepción de la Oficina de Tesorería del Ministerio de Educación, se tiene que los recurrentes han cumplido con cancelar los pagos por el concepto de aporte del Ministerio de Educación, de s/ 11 020.27 soles (Once Mil Veinte con 27/100 soles), del terreno de 5,285.53 m2 ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Recibo de Ingreso Nº 0105240 de fecha 14 de marzo de 2017 del Servicio de Parques de Lima ­ SEPAR- LIMA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se tiene que lo recurrentes han cumplido con cancelar los pagos por el concepto de aportes de SERPAR de s/. 171 725.89 (Ciento setenta y un mil setecientos veinticinco con 89/100 soles) respecto del terreno de 5,285.53 m2 ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. El cual se encuentra sellado de la institución en señal de conformidad; Que mediante Recibo de Caja Nº 002073, de fecha 19 de diciembre 2016 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se tiene que se ha cumplido con cancelar los pagos por el concepto de Aporte por Renovación Urbana, cuyo aporte asciende a la suma de S/ 5 180.28 (Cinco mil ciento ochenta y 28/100 soles), el cual se encuentra sellado por FOMUR en señal de conformidad; Que, mediante Carta Nº 501-2017-EC-SJL de fecha 25 de mayo de 2017 expedido por SEDAPAL, comunica al administrado la conformidad del servicio de agua potable y alcantarillado, para del predio ubicado en Mz. 06 Lote 01 APV Lurigancho Bajo, del distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, con suministro Nº 6486862; Que, mediante Documento Nº 1379411 de fecha 28 de junio de 2017 ENEL, comunica al administrado la conformidad del servicio eléctrico, para el predio ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que mediante Informe Nº 697-2017-SGOPHU-GDUMDSJL de fecha 17 de julio de 2017, esta Sub Gerencia señala que se ha verificado que no existen variaciones en las obras de habilitación urbanas aprobadas con Resolución Sub Gerencial Nº 086-2014- SGHU-GDU-MDSJL de fecha 06 de marzo de 2014, Resolución Sub Gerencial Nº 218-2014-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 17 de setiembre de 2014 y Resolución Sub Gerencial Nº 322-2014-SGOPHUGDU-MDSJL de fecha 24 de noviembre de 2014, que se ha cumplido con presentar adecuadamente los requisitos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento de recepción de obra de habilitación urbana sin variación y se encuentra conforme. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso a las facultades conferidas por el inciso 3.6.1. del Capitulo II del Artículo 709º de la Ley

27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley 29090- Ley de Regulación de las Habilitaciones Urbanas y de Licencias de Edificaciones, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza 341MML Ordenanza 836- MML y de la Ley 27444 Ley del Procedimientos Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Recepción de obras Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización de Lote Único para uso Residencial de Densidad Media ­ RDM, del terreno de 5,285.53 m2 ubicado en el Sub Lote 6-1 del Fundo Azcarrunz distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, de conformidad con el Plano de Ubicación y Localización, y Plano de Trazado y Lotización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 263-2017-SGOPHU-GDU/MDSJL y Nº 264-2017-SGOPHU-GDU/MDSJL, respectivamente, los cuales guardan relación con los Plano de Ubicación y Localización Nº 014-2014-HU-SGOPHU-GDU-MDSJL y el Plano Trazado y Lotización Nº 022-2014-HU-SGOPHUGDU-MDSJL que fueran aprobadas mediante Resolución Sub Gerencial Nº 322-2014- SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 24 de noviembre de 2014. Artículo Segundo.- El área de terreno materia de la Habilitación Urbana corresponde a un área total de 5,285.53 m2 distribuidos de la siguiente forma, conforme al Plano Trazado y Lotización Nº 022-2014-HU-SGOPHUGDU-MDSJL que fuera aprobada mediante Resolución Sub Gerencial Nº 322-2014- SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 24 de noviembre de 2014. CUADRO GENERAL DE AREAS:
ÁREA TOTAL BRUTA DEL TERRENO INSCRITO ÁREA TOTAL BRUTA DEL TERRENO GRAFICA ÁREA ÚTIL ÁREA CEDIDA PARA VÍAS 5, 285.53 m2 5, 224.98 m2 4, 972.52 m2 252.46 m2

CUADRO GENERAL DE APORTES: Según Ordenanza Nº 836-MML. ZONIFICACIÓN : Residencial de Densidad Media ­ RDM, ÁREA AFECTA A LOS APORTES : 5, 285.53 m2.
APORTE RECREACIÓN PUBLICA SERPAR FOMUR MINISTERIO DE EDUCACION MUNICIPALIDAD DISTRITAL TOTAL % 7.00 2.00 1.00 2.00 2.00 14.00 ORD 836- PROMML YECTO 369.98 m2 105.71 m2 52.86 m
2

DEFICIT 369.98 m2 105.71 m2 52.86 m2 105.71 m2 105.71 m2 739.97 m2

-

105.71 m2 105.71 m2 739.97 m
2

NOTA.(*) El Déficit de aportes reglamentarios por Recreación Pública, Parques Zonales (SERPAR), Renovación Urbana (FOMUR) y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) han sido redimidos en dinero.

EL AREA UTIL ESTA DISTRIBUIDO EN UN SOLO LOTE DE LA SIGUIENTE MANERA: SUBLOTE 6-1
Nº Lote AREA (m2) Único Sublote 6 -1 4, 972.52 Frente 23.91 ml + 51.47 ml Lado Derecho Lado Izquierdo Fondo 25.40 ml + 25.40 ml + 4.10 ml + 15.57 ml

13.38 ml + 12.05 ml + 18.00 ml + 63.90 ml 5.00 ml + 34.85 ml

Artículo Tercero.- REMITIR un ejemplar del FUHU anexo al presente procedimiento administrativo y

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