Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

72
Nº DENOMINACIÓN

NORMAS LEGALES
DERECHO DE TRÁMITE (S/) 09.07. 6.20 103.70 09.07.01. 09.07.01.01. Nº

Jueves 7 de setiembre de 2017 /

El Peruano
DERECHO DE TRÁMITE (S/)

DENOMINACIÓN

09.02.02.02.

CON MODIFICACIONES SUSTANCIALES

ANTEPROYECTO EN CONSULTA (CON EVALUACIÓN Y DICTAMEN POR PARTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA) PARA LA MODALIDAD B PARA LAS MODALIDADES C Y D 169.90

09.02.02.02.01. MODALIDAD A 09.02.02.02.02. MODALIDAD B (Con evaluación previa por la Municipalidad) MODALIDADES C y D (Con evaluación previa por la Comisión Técnica) 09.02.02.02.03 MODALIDAD C MODALIDAD D 09.02.02.02.04. MODALIDAD B (Con evaluación previa por Revisores Urbanos) MODALIDADES C y D (Con evaluación previa por Revisores Urbanos) 09.02.02.02.05 MODALIDAD C MODALIDAD D 09.03. 09.04. 09.04.01. PRE-DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN (para todas las Modalidades: A, B, C y D)

603.70 799.30 5.90

09.07.01.02.

MODALIDAD C MODALIDAD D

205.80 257.60 DE DE LICENCIA LICENCIA DE DE 191.60 103.50

09.08. 09.09.

REGULARIZACIÓN EDIFICACIÓN REVALIDACIÓN EDIFICACIÓN.

7.40 7.40 86.10

09.10. 09.11. 09.12. 09.13.

INDEPENDIZACIÓN O PARCELACIÓN DE TERRENOS RÚSTICOS UBICADOS DENTRO DEL ÁREA URBANA O DE EXPANSIÓN URBANA SUBDIVISIÓN DE LOTE URBANO REGULARIZACIÓN DE URBANAS EJECUTADAS REVALIDACIÓN DE HABILITACIÓN URBANA HABILITACIONES LICENCIA DE

121.40 112.90 345.70 125.10

CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN ANTICIPADAS A NIVEL DE CASCO NO HABITABLE (Sólo Modalidades B, C y D) SIN VARIACIONES MODALIDAD B MODALIDAD C MODALIDAD D 115.10 138.80 169.10

SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 09.14. CERTIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS. 50.20

09.04.02. 09.04.02.01.

CON VARIACIONES Modalidad B (Con evaluación previa por parte de la Municipalidad) 162.10

Modalidades C y D (Con evaluación previa por parte de la Comisión Técnica) 09.04.02.01.02. MODALIDAD C MODALIDAD D 144.10 170.30

DECLARACIÓN MUNICIPAL DE EDIFICACIÓN TERMINADA Sólo Modalidades B, C y D 09.05. MODALIDAD B MODALIDAD C MODALIDAD D 09.06. 09.06.01. 09.06.01.01. CONFORMIDAD EDIFICACIÓN SIN VARIACIONES Para la Modalidad A Para las Modalidades B, C y D 09.06.01.02. MODALIDAD B MODALIDAD C MODALIDAD D 09.06.02. 09.06.02.01. 09.06.02.02. 147.50 212.90 242.50 4.70 DE 105.20 128.90 197.90 OBRA Y DECLARATORIA DE

CON VARIACIONES (para modificaciones "no sustanciales" con aprobación después de su ejecución, y siempre que se cumplan con la normativa) Para la Modalidad A PARA LA MODALIDAD B PARA LAS MODALIDADES C Y D 5.50 201.50

09.06.02.03.

MODALIDAD C MODALIDAD D

205.80 253.10

Artículo 3º.- INCLUIR los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite que se aprueban en la presente Ordenanza, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA aprobado por Ordenanza Nº 490-MDJM y Ratificado por Acuerdo de Concejo Nº140-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima Artículo 4º.- DISPONER que los derechos de trámite a los que hacen referencia el artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los ratifique y de la presente ordenanza, conforme los mecanismos previstos en la normativa vigente Artículo 5º.- PRECISAR que los Procedimientos Administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados a las habilitaciones urbanas y edificaciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en el TUO de la Ley Nº 29090, Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-VIVIENDA y su Reglamento aprobado mediante al Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA. Artículo 6º.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jesús María, para aprobar los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA, mediante Decreto de Alcaldía, los mismos que serán de libre reproducción. Artículo 7º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y la publicación del anexo de la presente ordenanza en el portal web del diario oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación del texto íntegro, incluido el Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de Jesús María (www.munijesusmaria.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe). Asimismo, la información relacionada al procedimiento de ratificación de la presente Ordenanza podrá ser visualizada en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe). Artículo 8º.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

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