Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2018 (19/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 19 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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del Callao, así como el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1151-2018-MP-FN, de fecha 06 de abril de 2018, en el extremo que destaca al mencionado Magistrado, para que preste apoyo al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte; dejando subsistente lo demás que contiene los mencionados artículos. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Lima Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1638635-4

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Sancionan con multa a autoridades sometidas a revocación en el proceso de Consulta Popular de Revocatoria realizada el 11 de junio de 2017, por incumplimiento en la presentación de rendición de cuentas de ingresos y gastos de la CPR 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000061-2018-JN/ONPE Lima, 12 de abril del 2018 VISTOS: la Carta N° 01-2017/JASH del 24 de julio de 2017 y los escritos presentados por el ciudadano JULIO AURELIO SOLIS HUAMÁN, del 30 de octubre de 2017 y 16 de febrero de 2018, respectivamente; autoridad que fuera sometida a la consulta popular de revocatoria llevada a cabo el 11 de junio de 2017; el Informe N° 0000242018-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, que a su vez contiene el Informe N° 034-2018-PAS-JANRFP-SGTN-GSFP/ONPE, Informe Final de Instrucción del Procedimiento Administrativo Sancionador contra el ciudadano antes citado y el Informe N° 000125-2018-GAJ/ONPE; y, CONSIDERANDO:

Modifican la Res. N° 1044-2018-MP-FN en relación con la reprogramación de la fecha de inauguración de las Fiscalías Provinciales Penales de Surquillo, Distrito Fiscal de Lima
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1184-2018-MP-FN Lima, 18 de abril de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO:

I. Antecedentes: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1044-2018-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2018, se resolvió, entre otros, el traslado de la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal de Surquillo, Distrito Fiscal de Lima, con todo su personal fiscal y administrativo, a la sede de Surquillo; asimismo, se dispuso que dicha resolución entre en vigencia a partir de las 00:00 horas del día 18 de abril del año en curso. Que, por oficio Nº 5266-2018-PJFSDFL-MP-FN, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, señala que conforme a las coordinaciones efectuadas entre la Fiscalía de la Nación y el alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo, han previsto la reprogramación de la fecha de inauguración de las Fiscalías Provinciales Penales de Surquillo, Distrito Fiscal de Lima, para el día 20 de abril de 2018. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el artículo décimo tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1044-2018-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2018, en el extremo que dispuso que dicha resolución entre en vigencia a partir de las 00:00 horas del día 18 de abril del año en curso, debiendo la misma, surtir efectos a partir de las 00:00 horas del día 20 de abril de 2018. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Municipalidad Distrital de Surquillo, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1638635-5 El artículo 29-A de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos, en adelante LDPCC, establece que es obligatoria la rendición de cuentas de los ingresos y egresos (gastos) indicando la fuente con sustento documental, tanto para los promotores como para la autoridad sometida a revocatoria, conllevando su incumplimiento al pago de una multa de hasta treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Mediante Resolución N° 0046-2017-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de enero de 2017, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017 (CPR 2017) para el domingo 11 de junio de 2017, precisando las autoridades que serían sometidas a revocatoria, entre las cuales figuraba:
AUTORIDAD SOMETIDA A CONSULTA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO SANTA CRUZ CARGO DNI NOMBRES Y APELLIDOS JULIO AURELIO SOLIS HUAMÁN

ANCASH

HUAYLAS

REGIDOR 32406762

En el marco de las normas antes descritas, con Resolución Jefatural N° 000063-2017-J/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 03 de marzo de 2017, la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, fijó el plazo de entrega de la rendición de cuentas de ingresos y egresos (gastos) de la campaña electoral de la CPR 2017, estableciendo como último día de presentación el 23 de junio de 2017; Con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la presentación de la rendición de cuentas de ingresos y egresos en el plazo otorgado, mediante Carta N° 000594-2017-GSFP/ONPE del 12 de mayo de 2017, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) de la ONPE comunicó al ciudadano JULIO AURELIO SOLIS HUAMÁN, autoridad sometida a revocación, que la rendición de cuentas citada debía presentarse hasta el 23 de junio de 2017. La carta fue recibida por el indicado ciudadano el 31 de mayo de 2017; Asimismo, a través de las NOTAS DE PRENSA del 09 y 19 de junio de 2017, publicadas en el portal institucional

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