Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2018 (23/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 23 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES
VISTO:

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comunica que se ha concluido con el levantamiento y cartografía a nivel de lotes del sector 03, acorde a ello señala que, las acciones se ejecutaron conforme a las disposiciones contempladas en la Ley Nº 28294 - Ley que el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, y la Resolución Nº 01-2010-SNCP/CNC que aprueba la Guía del Código Único Catastral - CUC como norma complementaria a la Directiva Nº001-2006-SNCP/ CNC y Nº 02-2009-SNCP/ST, aprobada por Resolución Nº 01-2009-SNCP/CNC., que describe el procedimiento que seguirá la municipalidad respectiva a fin obtener la Resolución o Acuerdo del Concejo de Catastro, concluyendo que considera procedente declarar viable el sector Catastral 03 solicitando se emita la correspondiente resolución de Alcaldía; Que, teniendo en cuenta lo señalado por la Unidad de Obras Privadas que se ha terminado con el levantamiento y la cartografía Catastral del sector 03, el plano, reporte de titulares, la designación del código único catastral, así como la publicación del sector mencionado en el portal electrónico de la entidad y en puntos principales en coordinación con los dirigentes de cada habilitación urbana por un plazo de 20 días que fueron: el sector 03, entre el 28 de Mayo al 16 de Junio del 2018, no reportan cuestionamiento al mismo, siendo así, se debe emitir Resolución de Alcaldía que declare como zona catastrada al Sector Catastral 03; Con la opinión favorable de la Dirección de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 231-2018-MDCH/ DAL; y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.Declarar como ZONA CATASTRADA por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución de Alcaldía, el SECTOR CATASTRAL 03 DEL DISTRITO DE CHANCAY, conforme al cuadro que se detalla a continuación:
Sector Catastral 03 ÁREAS URBANA Asentamiento Humano Villa de Arnedo, C.P. Señor de los Milagros, Cercado Chancay, Urbanización San Francisco, Lotización del Fundo Aranjuez o Chacarilla y tierras del Puerto y Lotización Giraud.

El Informe Legal Nº 253-2018-MDJLO/GAJ de fecha 18 de julio del 2018 emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica e Informe Nº 6-2018-MDJLO/GAT de fecha 16 de julio del 2018 emitido por el Gerente de Administración Tributaria y. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º, concordante con el articulo II, del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades cuentan con autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 02-2018-MDJLO de fecha 26 de febrero del 2018, se aprobó la "Ordenanza que aprueba la Amnistía Tributaria en el "Distrito de José Leonardo Ortiz", Y mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2018-MDJLO se amplía la vigencia de dicha ordenanza por espacio de 60 dias habiles desde el dia 23 de abril del 2018 hasta el 17 de Julio del 2018. Asimismo en la Primera Disposición Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través del Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación, así como disponer la prórroga de la misma. Que, mediante Informe Nº 46-2018-MDJLO/GAT de fecha 16 de julio del 2018, la Gerencia de Administración Tributaria sugiere se amplié la prórroga de la Amnistía Tributaria y no tributaria glosadas líneas arriba; su vigencia por un lapso de 30 dias habiles a partir del 18 de julio del 2018. De acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria Que, Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º en concordancia con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR: el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 02-2018-MDJLO de fecha 26 de febrero del 2018 por el plazo de 30 días hábiles a partir del 19 de julio del 2018. Artículo Segundo.- ENCARGAR: a la Gerencia de Administración Tributaria, Unidad de Imagen Institucional y atención al público, Gerencias y Sub Gerencias el cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a Unidad de Imagen Institucional, la publicación y difusión del presente decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad y medio de comunicación Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EPIFANIO CUBAS CORONADO Alcalde 1683559-1

Artículo Segundo.- Aprobar el PLANO y el REPORTE DE TITULARES CATASTRALES DEL DISTRITO DE CHANCAY, que comprende el Sector 03 declarado como ZONA CATASTRADA, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano, Rural y Económico, Unidad de Obras Privadas, y a Secretaria General, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 1683528-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSE LEONARDO ORTIZ
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 02-2018-MDJLO, que aprueba Amnistia Tributaria en el Distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2018- MDJLO/A José Leonardo Ortiz, 18 de julio del 2018

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