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23 NORMAS LEGALES Jueves 6 de diciembre de 2018 El Peruano / nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la médico cirujano Elsa Violeta González Lagos en el cargo de Ejecutiva Adjunta II (CAP-P- N° 19), Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1720341-1 Designan profesionales en diversos cargos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1265-2018/MINSA Lima, 5 de diciembre del 2018CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 894-2018-DG-DIRIS-LS/DG, de fecha 12 de noviembre de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) Reordenado 2018 de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP-P N° 0027) de la Dirección Administrativa, se encuentran califi cados como cargos de con fi anza; asimismo, el cargo de Asesor/a de la Dirección General (CAP-P N° 0003), Jefe/a de O fi cina (CAP – P Nº 0005) de la Dirección General, los cargos de Jefe/a de O fi cina (CAP – P Nºs. 0028, 0032, 0035 y 0039) de la Dirección Administrativa y los cargos de Jefe/a de O fi cina (CAP – P Nºs. 0081 y 0082) de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria, se encuentran cali fi cados como Directivos Superiores de Libre Designación; Que, se ha visto por conveniente designar a los profesionales que asumirán los cargos señalados en el considerando precedente; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y, el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y el Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar en la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur del Ministerio de Salud, a los profesionales que se detallan a continuación: NOMBRES Y APELLIDOSCARGO CAP - P NIVEL ÓRGANO Médico cirujano David Ángel Gordillo InostrozaAsesor 003 F-4Dirección General Licenciada en periodismo Rosa María Rojas AguilarJefa de O fi cina 0005 F-3Dirección GeneralNOMBRES Y APELLIDOSCARGO CAP - P NIVEL ÓRGANO Contadora Margarita Consuelo Ramírez AlcántaraDirector Ejecutivo0027 F-4 Dirección AdministrativaEconomista Carlos Ricardo Velazco BonzanoJefe de O fi cina 0028 F-3 Ingeniero de sistemas e informática Jack Paul Lázaro GómezJefe de O fi cina 0032 F-3 Licenciado en administración Percy Gastón Chumpitaz VillalobosJefe de O fi cina 0035 F-3 Abogado César Alejandro Llanos TorresJefe de O fi cina 0039 F-3 Médico cirujano Marissa Pamela Muñoz AyalaJefa de O fi cina 0081 F-3 Dirección de Monitoreo y Gestión SanitariaLicenciada en enfermería Berna Luzgarda Gonzales MezaJefa de O fi cina 0082 F-3 Artículo 2.- Dejar sin efecto toda disposición que contravenga lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1720341-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Decreto Supremo que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco del Referéndum Nacional DECRETO SUPREMO Nº 013-2018-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el inciso 17 del artículo 2, así como el artículo 31 de la Constitución Política del Perú consagran el derecho de los ciudadanos a participar en la vida política y los asuntos públicos de la Nación mediante referéndum; Que, el artículo 176 de la Carta Política determina que el Sistema Electoral tiene por funciones básicas el planeamiento, la organización y la ejecución de los procesos electorales o de referéndum u otras consultas populares; Que, uno de los actores más importantes para el desarrollo de un referéndum es el miembro de mesa, cargo que, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, entre otros; Que, de acuerdo con el artículo 51 de la misma ley, las mesas de sufragio tienen por fi nalidad recibir los votos que emitan los electores en los procesos electorales de referéndum y otras consultas populares, así como el escrutinio, el cómputo y la elaboración de las actas electorales; adicionalmente a ello, de conformidad con el artículo 268 de la mencionada ley, se encargan de resolver las impugnaciones contra la identidad del elector y el voto, entre otras labores de naturaleza indispensable para el desarrollo y éxito de la jornada electoral; Que, mediante el Decreto Supremo N° 101-2018- PCM, Decreto Supremo de Convocatoria a Referéndum Nacional, el Presidente de la República convoca a Referéndum Nacional a realizarse el día domingo 9 de diciembre de 2018;