Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2018 (06/12/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Jueves 6 de diciembre de 2018 /

El Peruano

facultades para aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos, entre otros, de control financiero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente; Que, mediante Resolución Jefatural N° 030-2017/ SIS se aprobó, entre otro, la Guía Técnica N° 002-2017SIS/GNF-GREP-V.01 "Guía Técnica que establece la Metodología de Cálculo del Tramo Variable para el Financiamiento en el Primer Nivel de Atención" con la finalidad de estandarizar y transparentar el mecanismo de financiamiento de los servicios o prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en las IPRESS Públicas del primer nivel de atención, siendo posteriormente modificada por Resolución Jefatural N° 055-2018/SIS; Que, con Informe N° 020-2018-SIS/GREP-SGIS/JPVB con Proveído N° 404-2018-SIS-GREP, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones en su calidad de órgano de línea responsable de plantear las pautas de evaluación y monitoreo para los diferentes servicios de salud que se compren al proveedor, propuso respecto a la Guía Técnica N° 002-2017-SIS/GNF-GREP-V.01 lo siguiente: i) modificar el numeral 7.2; ii) precisar el texto del numeral 5.3; y, iii) modificar el denominador del Cálculo del Indicador signado con Código 06 y nomenclatura "Porcentaje de Recién Nacidos con 2 controles de Crecimiento y Desarrollo hasta los 15 días de edad" del anexo N° 3: Fichas Técnicas de los Indicadores Prestacionales y Resultados Sanitarios; Que, en el Informe N° 041-2018-SIS/GNF-SGGS/ EAVR con Proveído N° 758-2018-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento señala que: " (...) considera pertinente que la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones continúe con los trámites respectivos para la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente, a fin de dar cumplimiento a los términos establecidos en los convenios y garantizar el pago de las prestaciones brindadas por las IPRESS de los Gobiernos Regionales a favor de los asegurados al SIS (...)"; Que, con el Memorando N° 1671-2018-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional señala que: "(...) la propuesta de modificación de la "Guía Técnica que establece la Metodología de Cálculo del Tramo Variable para el Financiamiento en el Primer Nivel de Atención, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 030-2017/SIS, no implica habilitación de recursos presupuestales (...)"; Que, el numeral 11.5 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, señala que corresponde al Jefe del SIS las funciones de aprobar las normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales; Con el visto de la Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por el Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Precisar el numeral 5.3 de la Guía Técnica N° 002-2017/SIS/GNF-GREP V.01 "Guía Técnica que establece la metodología de cálculo del tramo variable para el financiamiento en el primer nivel de atención", aprobada por Resolución Jefatural N° 030-2017/SIS y modificada por Resolución Jefatural N° 055-018/SIS, en el sentido que el mismo cuenta con un sólo párrafo el cual se encuentra redactado de la siguiente manera: "5.3 Periodo de evaluación para la trasferencia del Tramo Variable La evaluación del cumplimiento de las metas de

cada indicador contenidas en los Convenios para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en el Primer Nivel de Atención suscritos en el año 2017 y que continúan vigentes en el presente ejercicio presupuestal, se realizará al término del primer trimestre del año 2018, para lo cual se tomara la producción registrada a diciembre del año 2017 ingresadas hasta el mes de producción enero 2018." Artículo 2.- Modificar el numeral 7.2 del artículo 7 de la Guía Técnica N° 002-2017-SIS/GNF-GREP V.01 "Guía Técnica que establece la metodología de cálculo del tramo variable para el financiamiento en el primer nivel de atención", aprobada por Resolución Jefatural N° 0302017/SIS y modificado por Resolución Jefatural N° 055018/SIS, conforme al siguiente texto: "7. RESPONSABILIDADES (...) 7.2 La Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones es responsable del monitoreo y evaluación de desempeño de los indicadores prestacionales del Convenio, así como de establecer las precisiones de las fichas técnicas de los indicadores. Artículo 3.- Modificar el denominador del Cálculo del Indicador signado con Código 06 y nomenclatura "Porcentaje de Recién Nacidos con 2 controles de Crecimiento y Desarrollo hasta los 15 días de edad" del Anexo N° 3: Fichas Técnicas de los Indicadores Prestacionales y Resultados Sanitarios de la Guía Técnica N° 002-2017/SIS/GNF-GREP V.01 "Guía Técnica que establece la metodología de cálculo del tramo variable para el financiamiento en el primer nivel de atención", aprobada con Resolución Jefatural N° 030-2017/SIS y modificada por Resolución Jefatural N° 055-018/SIS, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1720459-1

Designan Asesor de la Jefatura del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 233 -2018/SIS Lima, 5 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 498-2018-SIS/OGAR-OGRH con Proveído Nº 837-2018-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos; y el Informe N° 610-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 910-2018-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 420-2016/ MINSA, se aprueba el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional del Seguro Integral de Salud, considerando la clasificación actual de los cargos, definidos y aprobados en base a la estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; Que, de conformidad con el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud ­ SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, corresponde al Jefe de la entidad designar, suspender o remover al Jefe Adjunto y a los trabajadores en cargos de dirección y confianza, de acuerdo a la normatividad aplicable;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.