Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2018 (10/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Lunes 10 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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13. Por consiguiente, este órgano colegiado concluye que corresponde desestimar el recurso de apelación y confirmar la resolución venida en grado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Jeremías Morales Santacruz, y, en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución Nº 00369-2018-JEE-CHAC/JNE, del 1 de agosto de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas, que declaró infundada la tacha interpuesta contra la solicitud de inscripción de Jefersson Paul Yumpo Bruno, candidato a consejero regional titular para el Gobierno Regional de Amazonas, por la organización política Movimiento Independiente Surge Amazonas, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Chachapoyas continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General
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2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 13 de junio de 2018, Juan Vicente Pizarro Sánchez, alcalde de la Municipalidad Distrital de La Cruz, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, tal como se puede verificar en el enlace "Consulta de expedientes y resoluciones jurisdiccionales" del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes ERM 2018, en el portal institucional de Jurado Nacional de Elecciones, conforme se muestra en la siguiente imagen. La mencionada licencia, sin goce de haber, fue concedida mediante Acuerdo de Sesión de Concejo Municipal Nº 064-2018/MDLC-S.G., de fecha 25 de junio de 2018 (fojas 2), por el periodo comprendido entre el 1 de setiembre y el 8 de octubre del presente año, el cual de conformidad con lo señalado en el considerando 2 de este pronunciamiento, debe entenderse que la licencia es otorgada por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.

Publicada en el diario oficial El Peruano el 20 de octubre de 2017.

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Convocan a ciudadanas para que asuman cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de La Cruz, provincia y departamento de Tumbes
RESOLUCIÓN Nº 2276-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00657 LA CRUZ - TUMBES - TUMBES CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veinte de agosto de dos mil dieciocho. VISTA la Carta Nº 77-2018/MDLC-GM-G, presentada el 10 de agosto de 2018, por Renso Enrique Aguirre Feijoo, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de La Cruz, provincia y departamento de Tumbes, mediante la cual comunica la licencia, sin goce de haber, que se concedió a Juan Vicente Pizarro Sánchez, alcalde de la citada comuna edil. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar a la primera regidora Eliana Elizabeth Carrasco Clavijo, identificada con DNI Nº 47840907, para que asuma por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.

NO

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