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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de diciembre de 2018 El Peruano / de recursos por un monto de hasta S/ 1 638 000,00 (UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES) para fi nanciar la mejora de los niveles de producción y productividad de las principales actividades agropecuarias, así como mejorar las condiciones de vida, a través de los programas “Mi Chacra Emprendedora” y “Mi Abrigo” de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES; en virtud de lo cual, con O fi cio N° 1316-2018-MIDIS/ SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 1 638 000,00 (UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicha entidad pública en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 1 638 000,00 (UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para fi nanciar la mejora de los niveles de producción y productividad de las principales actividades agropecuarias, así como mejorar las condiciones de vida, a través de los programas “Mi Chacra Emprendedora” y “Mi Abrigo” de la Unidad Ejecutora 004 Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social –FONCODES con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.0 Reserva de Contingencia 1 638 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 1 638 000,00 =========== A LA: En SolesSECCION PRIMERA Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 004 : Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social -FONCODES ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSACTIVIDAD 5003695 : Programa Especial Mi Chacra EmprendedoraFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.5. Otros Gastos 649 500,00ACTIVIDAD 5005105 : Mejoramiento de Viviendas Rurales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.5. Otros Gastos 988 500,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 1 638 000,00 ========== Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en este Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Del refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1722464-2 EDUCACION Modifican Anexos del “Instructivo para la Ejecución del Programa de Inducción Docente a desarrollarse en el Año 2018”, aprobado mediante R.M. N° 262-2018-MINEDU RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 676-2018-MINEDU Lima, 11 de diciembre 2018VISTOS, el Expediente N° 0192840-2018, el Informe N° 644-2018-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en Servicio, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe N° 1238-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación