Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2018 (12/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 12 de diciembre de 2018
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NORMAS LEGALES

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0055 Generación de energía eléctrica 0056 Transmisión de energía eléctrica 0057 Distribución de energía eléctrica 0058 Hidrocarburos 0059 Promoción minera 0126 Vigilancia y control integral de la contaminación y remediación ambiental

NOMBRE DEL CRITERIO DE PRIORIZACIÓN Criterio de Pobreza DEFINICIÓN DEL CRITERIO DE PRIORIZACIÓN El Criterio de Pobreza prioriza inversiones en función a la tasa de pobreza monetaria del ámbito geográfico en el que interviene la inversión. JUSTIFICACIÓN El criterio de pobreza, tiene por finalidad dar mayor prioridad a las inversiones cuyo ámbito geográfico de intervención se encuentre en situación de mayor pobreza. MÉTODO DE CÁLCULO En el Sector Energía y Minas, el Criterio de Pobreza (Criterio 3), tiene un peso de 10 puntos (P3 = 10). Para cada inversión se elige el distrito del ámbito geográfico de intervención. Si la inversión involucra más de un distrito dentro de una provincia, se tomará el distrito con mayor tasa de pobreza. Si la inversión involucra más de una provincia dentro de un gobierno regional, se tomará la provincia con mayor tasa de pobreza. Si la inversión involucra más de un gobierno regional se tomará el de mayor tasa de pobreza. Para el cálculo del puntaje se consideran valores entre 0 y 10, para lo cual se detallan las tasas de pobreza asociadas a cada inversión de la cartera, luego de identifica la mayor tasa de pobreza asociada a las inversiones de la cartera, asignándole a esta inversión el puntaje máximo de 10. El puntaje para las inversiones será resultado del siguiente cálculo:

PESO 10 Dónde: PNP = Prioridad según el nivel de pobreza.

PRIORIDAD SEGÚN EL NIVEL DE POBREZA PNP = Tasa de pobreza de asociada a la inversión Máx (tasa de pobreza de la cartera)

PUNTAJE DEL CRITERIO 3 PNP x 10

Para inversiones con ámbito de intervención nacional la tasa de pobreza asociada correspondería a la máxima tasa de pobreza de la cartera. Este criterio no es aplicable a las empresas del FONAFE. FUENTE DE INFORMACIÓN Los datos de pobreza monetaria corresponden al Mapa de pobreza 2013 del Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI BASE DE DATOS Mapa de pobreza Provincial y Distrital 2013 ­ INEI SINTAXIS DEL PUNTAJE TOTAL DEL CRITERIO DE PRIORIZACIÓN. El puntaje total de este criterio se determina de la siguiente forma PC3 = PNP * 10

Formato Técnico de Criterios para la Priorización de las Inversiones Criterio Nº 04: Población
Nombre de la entidad pública: Fecha de elaboración: Sector: Función: Entidades adscritas al Sector Energía y Minas 21/11/2018 Energía y Minas 012 Energía 013 Minería 017 Ambiente División funcional: 028 Energía Eléctrica 029 Hidrocarburos 030 Minería 055 Gestión Integral de la Calidad Ambiental

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