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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de diciembre de 2018 / El Peruano Grupo funcional: 0055 Generación de energía eléctrica 0056 Transmisión de energía eléctrica 0057 Distribución de energía eléctrica 0058 Hidrocarburos 0059 Promoción minera0126 Vigilancia y control integral de la contaminación y remediación ambiental NOMBRE DEL CRITERIO DE PRIORIZACIÓN Criterio de Población DEFINICIÓN DEL CRITERIO DE PRIORIZACIÓN El Criterio de Población prioriza las inversiones cuyo ámbito geográ fi co de intervención cuente con mayor población bene fi ciada por el servicio público asociado a la inversión. JUSTIFICACIÓN Se considera que las inversiones con un número mayor de bene fi ciarios constituyen un gasto más e fi ciente, por lo que deberían de tener una prioridad más alta. MÉTODO DE CÁLCULO En el Sector Energía y Minas, el Criterio de Población (Criterio 4), tiene un peso de 10 puntos (P4= 10). Para el cálculo del puntaje se consideran valores entre 0 y 10, para lo cual se detalla la población asociada a cada inversión de la cartera, luego de identi fi ca la mayor población asociada de las inversiones de la cartera, asignándole a esta inversión el puntaje máximo de 10, el puntaje para las demás inversiones será resultado del siguiente cálculo: PESO PRIORIDAD SEGÚN POBLACIÓNPUNTAJE DEL CRITERIO 4 10PP = Población asociada a la inversión Máx (población de la cartera)PP * 10 Dónde: PP = Prioridad según población. Para identi fi car a la población asociada a cada inversión se elige a la población del distrito asociado a la intervención. Si la inversión involucra a más de un distrito dentro de una provincia, se elegirá la población del distrito más grande. Si la inversión involucra a más de una provincia dent ro de un gobierno regional, se tomará la población de la provincia más grande. Si la inversión involucra a más de un gobierno regional, se tomará el de mayor población. Para inversiones con ámbito de intervención nacional la población asociada correspondería a la máxima población de la cartera. Este criterio no es aplicable a las empresas del FONAFE. FUENTE DE INFORMACIÓN Los datos de la población corresponden a los Censos Nacionales 2017: XII de Población del Instituto Nacional de Estadística e I nformática – INEI BASE DE DATOS La base de datos se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.inei.gob.pe/estadisticas/censos/ SINTAXIS DEL PUNTAJE TOTAL DEL CRITERIO DE PRIORIZACIÓN El puntaje total de este criterio se determina de la siguiente forma PC4 = PP * 10 Formato Técnico de Criterios para la Priorización de las Inversiones Criterio Nº 05: E fi ciencia Nombre de la entidad pública: Entidades adscritas al Sector Energía y Minas Fecha de elaboración: 21/11/2018 Sector: Energía y Minas Función: 012 Energía 013 Minería017 Ambiente División funcional: 028 Energía Eléctrica 029 Hidrocarburos 030 Minería055 Gestión Integral de la Calidad Ambiental