Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2018 (12/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, mediante la Ley Nº 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, se han definido y establecido los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de uso en seres humanos, en concordancia con la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Medicamentos; Que, el numeral 5 del artículo 3 de la referida Ley, regula el Principio de Accesibilidad, el cual establece que la salud es considerada un derecho fundamental de las personas. El acceso al cuidado de la salud incluye el acceso a productos farmacéuticos y dispositivos médicos. Constituye un requisito para lograr este derecho: tener el producto disponible y asequible en el lugar y en el momento en que sea requerido; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1162018/MINSA se aprobó la Directiva Administrativa N° 249-MINSA/2018/DIGEMID "Gestión del Sistema Integrado de Suministro Público de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios", la cual en su Punto V numeral 5.7 dispone que el Ministerio de Salud, a través de la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, define los productos farmacéuticos vitales, de los cuales, cada DIRIS/DISA/DIRESA/ GERESA, Hospital e Instituto Especializado o quien haga sus veces, selecciona los que requiera para el ámbito de su jurisdicción y establece las medidas técnicas y administrativas conducentes a garantizar la disponibilidad de éstos en sus establecimientos de salud, realizando las gestiones correspondientes para su utilización; Que, el artículo 84 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, que constituye la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios a que hace referencia la Ley N° 29459; Que, mediante los documentos del visto, y en el marco de sus competencias funcionales, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas ha propuesto la aprobación del Documento Técnico: Listado Nacional de Productos Farmacéuticos Vitales; Que, mediante el Informe N° 858-2018-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos N°s. 011-2017-SA y 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Listado Nacional de Productos Farmacéuticos Vitales, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1722160-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican R.M. N° 052-2018-TR en lo referente a responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 314-2018-TR Lima, 10 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorándum N° 770-2018-MTPE/3 del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Memorándum N° 1003-2018-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2997-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, con la finalidad orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la citada norma, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el literal f) del numeral 6.2 del artículo 6 de la "Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la Fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto", aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, establece que el Titular de la entidad como Órgano Resolutivo designa al órgano que realizará las funciones de la Unidad Ejecutora de Inversiones, así como a su Responsable; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 052-2018TR, se designa a la Unidad Ejecutora 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERÚ" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como el órgano que realizará las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, y como responsable de dicho órgano al señor Renato Andrade Lazo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 3002018-TR, se acepta la renuncia formulada por el señor Renato Andrade Lazo al cargo de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 007: Programa para el Mejoramiento y Ampliación de los Servicios del Centro de Empleo "FORTALECE PERÚ" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 307-2018-TR, se designa al señor Adolfo Emilio Vizcarra Kusien como Director Ejecutivo de la referida Unidad Ejecutora; Que, mediante el Informe Técnico N° 134-2018MTPE/4/9.1 la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye que el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, en su calidad de Órgano Resolutivo debe designar señor Adolfo Emilio Vizcarra Kusien como responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral;

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