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33 NORMAS LEGALES Lunes 17 de diciembre de 2018 El Peruano / Actividad Unidad Especi fi cación Costo Directo S/ Factibilidad de servicio 120 Factibilidad de servicio-Subdivisión de lote, quintas y predios I.Und Lotes, quintas y predios de 1 a 3 unidades de uso.79,59 121 Factibilidad de servicio-Subdivisión de lote, quintas y predios II.Und Lotes, quintas y predios de 4 a 100 unidades de uso.252,96 122 Factibilidad de servicio-Subdivisión de lote, quintas y predios III.Und Lotes, quintas y predios de 101 a 500 unidades de uso.317,57 123 Factibilidad de servicio-Subdivisión de lote, quintas y predios IV.Und Lotes, quintas y predios más de 500 unidades de uso.452,18 124 Factibilidad de servicios-Nuevas habilitaciones urbanas I.Lote Requerimiento hasta 100 lotes. 492,86 125 Factibilidad de servicios-Nuevas habilitaciones urbanas II.Lote Requerimiento desde 101 hasta 500 lotes.352,57 126 Factibilidad de servicios-Nuevas habilitaciones urbanas III.Lote Requerimientos mayores a 500 lotes.492,86 Revisión y aprobación de proyectos 127 Revisión y aprobación de proyectos hasta 100 habilitaciones urbanas.Glb Requerimiento hasta 100 lotes. 300,22 128 Revisión y aprobación de proyectos entre 101-500 habilitaciones urbanas.Glb La unidad corresponde a un tramo de 101 hasta 500 lotes.498,15 129 Revisión y aprobación de proyectos mayor a 500 habilitaciones urbanas.Glb La unidad corresponde a un tramo mayor a 500 lotes.668,98 Supervisión de obra 130 Supervisión de obra-Alineamiento y Nivelación - Alcantarillado I.Und La unidad corresponde a un tramo de 0 hasta 200 m.76,30 131 Supervisión de obra-Alineamiento y Nivelación - Alcantarillado II.Und La unidad corresponde a un tramo de 200 m hasta 500 m.96,38 132 Supervisión de obra-Alineamiento y Nivelación - Alcantarillado III.Und La unidad corresponde a un tramo de 500 m hasta 1000 m.130,64 133 Supervisión de obra (prueba hidráulica Zanja abierta en tubería matriz -redes de agua potable).Und Para redes de agua potable hasta 100 m.150,79 134 Supervisión de obra (prueba hidráulica zanja abierta-conexiones de agua potable).Und Para conexiones de agua potable hasta 100 m.150,79 135 Supervisión de obra (prueba hidráulica zanja abierta en tubería matriz -redes de alcantarillado).Und Para redes de alcantarillado hasta 100 m.78,19 136 Supervisión de obra (prueba hidráulica zanja abierta-conexiones de alcantarillado).Und Para conexiones de alcantarillado hasta 100 m.108,61 137 Supervisión de obra (prueba hidráulica zanja tapada - agua potable).Und Para conexiones de agua potable hasta 100 m.150,79 138 Supervisión de obra (prueba hidráulica zanja tapada - alcantarillado).Und Para conexiones de alcantarillado hasta 100 m.78,19 139 Supervisión de obra (prueba hidráulica y desinfección de estructuras).Und Para estructuras de regulación y de paso de agua potable.290,93 140 Supervisión de obra (calidad de materiales).Und Evaluación de todo tipo de materiales.76,47 141 Supervisión de obra (reservorios). Und Evaluación de reservorios y tanques.79,18 Nota: 1. Para el cálculo de los precios de las actividades unitarias se han considerado los insumos con los precios de las localidades y los rendimientos de los insumos propuestos por la empresa. 2. Los costos unitarios directos incluyen mano de obra, materiales, maquinaria, equipos y herramientas. No incluyen Gastos Generales, Utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV). 3. Para determinar el precio del servido colateral (sin IGV) se deberá agregar al costo directo resultante los Gastos Generales y la Utilidad (15%).4. Las actividades de factibilidad de servicios se aplican únicamente para los usuarios residenciales. 5. Los costos de instalación de caja portamedidor incluye la colocación de un accesorio de seguridad. 1723851-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Designan responsables de brindar información conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la implementación, actualización, registro de información, administración y otras actividades en diversos portales web RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 141-2018-JEFATURA/ONP Lima, 3 de diciembre de 2018VISTO: El Informe Nº 787-2018-OAJ/ONP de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modi fi cado por la Ley Nº 26323, se crea la O fi cina de Normalización Previsional – ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y de fi nida como un Organismo Público del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones que se re fi ere el Decreto Ley Nº 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM ha cali fi cado a la ONP como Organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 174- 2013-EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, el cual contiene la estructura orgánica de la institución y dispone el ordenamiento e identi fi cación de los distintos órganos de la Entidad; y con el Decreto Supremo Nº 258-2014-EF se aprueba su modi fi catoria; Que, el artículo 8 Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM establece que las Entidades identi fi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la citada Ley; Que, tal como lo establece el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM concordante con la Directiva Nº 001-2017-PCM-SGP “Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública” aprobada por Resolución