Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2018 (17/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Lunes 17 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Ministerial Nº 035-2017-PCM, la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 039-2016-JEFATURA/ONP, se designa al Director General de la Oficina de Administración como funcionario responsable de brindar la información que es requerida por los ciudadanos, al amparo de la Ley Nº 27806, así como se designa al funcionario responsable de la implementación y actualización del Portal Institucional de la ONP, del registro y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública y del Portal de Estado Peruano, así como responsable de ingresar y publicar la información del TUPA de la ONP en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas - PSCE y al funcionario responsable de la administración del Portal Institucional de la ONP; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 181-2018-GG/ONP se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos - MPP Actualizado de la ONP, instrumento de gestión que describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la entidad; Que, mediante el documento del Visto, la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica informa que es viable legalmente designar al responsable de brindar la información que es requerida por los ciudadanos, al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como actualizar la denominación de los puestos conforme al Manual de Perfiles de Puestos - MPP Actualizado de la ONP; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 de la Ley Nº 28532 y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10 y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Jefatural Nº 039-2016-JEFATURA/ONP. Artículo Segundo.- DESIGNAR al DIRECTOR GENERAL DE PRESTACIONES como servidor responsable de brindar la información que es requerida por los ciudadanos, al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- DESIGNAR al DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, como servidor responsable de la implementación y actualización del Portal Institucional de la Oficina de Normalización Previsional, del registro y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública y del Portal de Estado Peruano, así como servidor responsable de ingresar y publicar la información del TUPA de la ONP en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas ­ PSCE. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, como servidor responsable de la administración del Portal Institucional de la Oficina de Normalización Previsional y como Coordinador Institucional para el oportuno cumplimiento de las obligaciones de actualización de la información a que se refiere el artículo precedente y su entrega oportuna a la Oficina de Tecnologías de la Información. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente resolución sea puesta en conocimiento de los servidores mencionados, debiendo archivarse en sus Legajos Personales correspondientes. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO ALEJANDRO ARRIETA ELGUERA Jefe 1723413-1

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Disponen publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprobaría la "Tipificación de infracciones administrativas y escala de sanciones aplicables al incumplimiento de las obligaciones respecto del manejo de residuos sólidos que realicen los titulares de infraestructura, siempre que esta se localice fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto que se encuentran bajo el ámbito de competencia del OEFA"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 030-2018-OEFA/CD Lima, 14 de diciembre de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 611-2018-OEFA/DPEF, emitido por la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; el Informe Nº 099-2018-OEFA/DPEFSMER, emitido por la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios y la Subdirección de Políticas y Mejora Regulatoria de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental; y, el Informe Nº 445-2018-OEFA/ OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental ­a cargo de las diversas entidades del Estado­ se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, el Literal a) del Numeral 11.2 del Artículo 11º de la Ley del SINEFA, establece que la función normativa del OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental, las que son de cumplimiento obligatorio para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos (en adelante, Decreto Legislativo Nº 1278), la cual tiene como objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos de la mencionada norma; Que, a través del Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, el cual tiene por objeto reglamentar la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, a fin de

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