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149 NORMAS LEGALES Sábado 29 de diciembre de 2018 El Peruano / información el carácter de declaración jurada según lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 2085, norma que regula el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARMEN PATRICIA JUAREZ GALLEGOS Teniente AlcaldeEncargada de la Alcaldía 1727127-1 Ratifican la Ordenanza Nº 517-MPL que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de Pueblo Libre ACUERDO DE CONCEJO Nº 555 Lima, 6 de diciembre de 2018Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 06 de diciembre de 2018, el O fi cio Nº 001-090-00009291 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria–SAT, del 29 de noviembre de 2018, mediante el cual remite el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 517- MPL que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por Ordenanza Nº 2085, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima; la misma que sustituyó la Ordenanza Nº 1533, publicadas el 05 de abril de 2018 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000795, opinando que procede la rati fi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2085, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional. Que, los ingresos que la citada Municipalidad Distrital prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 99.60% de los costos incurridos en la prestación de los referidos servicios. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 221-2018-MML/CMAEO. ACORDO:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 517- MPL que aprueba el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2019 en el distrito de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza rati fi cada, y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y estimación de ingresos, respectivamente. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1727205-1 Ratifican diversos derechos de trámite relacionados a procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, aprobados en la Ordenanza N° 563-MDJM de la Municipalidad de Jesús María ACUERDO DE CONCEJO Nº 584 Lima, 13 de diciembre de 2018Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 13 de diciembre de 2018, el O fi cio Nº 001-090-00009307 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, del 07 de diciembre de 2018, adjuntando el expediente de rati fi cación de la Ordenanza Nº 563- MDJM, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Jesús María, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, la municipalidad distrital recurrente aprobó la Ordenanza objeto de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000810 de fecha 06 de diciembre de 2018, según el cual se pronunció favorablemente respecto a 29 derechos de trámite relacionados a 29 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del citado Informe, aprobados en la Ordenanza materia de la rati fi cación. Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, el TUO de la misma, el TUO de la