Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2018 (30/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Domingo 30 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, los párrafos 35.1 y 35.3 del artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establecen que la programación, gestión, negociación, aprobación, suscripción y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de carácter técnico o financiero, directamente ligadas a Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional, que se otorguen a favor del Estado, están a cargo de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, las cuales se aprueban mediante resolución ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) otorga una Cooperación Técnica No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de US$ 5 800 000,00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Mejoramiento de los Servicios de Apoyo al Aprovechamiento Sostenible de la Biodiversidad de los Ecosistemas en el Paisaje Forestal de los Distritos de Raimondi ­ Distrito de Sepahua ­ Distrito de Tahuanía ­ Provincia de Atalaya ­ Región Ucayali"; Que, la citada Cooperación Técnica No Reembolsable busca fortalecer la gestión sostenible y el uso de los paisajes forestales en los distritos de Raimondi, Sepahua y Tahuanía de la provincia de Atalaya; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Técnica No Reembolsable y autorizar la suscripción del Convenio que lo implementa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; SE RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable que otorga el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), hasta por la suma de US$ 5 800 000,00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente la ejecución del proyecto "Mejoramiento de los Servicios de Apoyo al Aprovechamiento Sostenible de la Biodiversidad de los Ecosistemas en el Paisaje Forestal de los Distritos de Raimondi - Distrito de Sepahua ­ Distrito de Tahuanía - Provincia de Atalaya ­ Región Ucayali", a ser ejecutado por el Ministerio del Ambiente, a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques y Mitigación del Cambio Climático (PNCBMCC); Artículo 2. Autorizar al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, a suscribir el Convenio y demás documentación correspondiente que permita la implementación de la Cooperación Técnica No Reembolsable referida en el artículo 1 precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1727531-2

al 30 de junio y al 31 de diciembre, de cada año fiscal, el monto total de los desembolsos provenientes de las Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecución está a su cargo; Que, en el marco del numeral 2 del párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1437, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y tiene entre sus funciones ejercer la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Endeudamiento Público dictando normas relacionadas con su ámbito de competencia; Que, resulta necesario aprobar un Cronograma para la conciliación de los desembolsos provenientes de las Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional cuya ejecución está a cargo de las entidades o Unidades Ejecutoras, al 31 de diciembre del 2018; De conformidad con el numeral 2 del párrafo 5.2 del artículo 5 y con el párrafo 40.3 del artículo 40 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; SE RESUELVE: Artículo Único. Apruébese el Cronograma de Conciliación de Desembolsos al 31 de diciembre del 2018, que en Anexo forma parte de la presente Resolución Directoral, el mismo que comprende a las entidades o Unidades Ejecutoras que ejecutan recursos provenientes de Operaciones de Endeudamiento del Gobierno Nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ENRIQUE SIU RIVAS Director General Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público ANEXO CRONOGRAMA DE CONCILIACIÓN DE DESEMBOLSOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018
DIA HORA ENTIDAD

10:00 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS 10:30 MINISTERIO DEL AMBIENTE 21.01.2019 11:00 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN 12:00 MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO 10:00 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 10:30 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS 22.01.2019 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y 11:00 SANEAMIENTO 12:00 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS MINISTERIO DE TRANSPORTES Y 10:00 COMUNICACIONES 23.01.2019 11:00 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y 12:00 DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SUNAT) 10:00 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y RIEGO 24.01.2019 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL 11:00 EMPLEO 12:00 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 15:00 MINISTERIO DE DEFENSA 25.01.2019 28.01.2019 10:00 GOBIERNOS LOCALES 10:00 GOBIERNOS REGIONALES

Aprueban Cronograma de Conciliación de Desembolsos al 31 de diciembre de 2018
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 053-2018-EF/52.03 Lima, 27 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 40.3 del artículo 40 del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, las entidades o Unidades Ejecutoras están obligadas, bajo responsabilidad, a conciliar con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público,

1727546-1

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