Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2018 (18/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de enero de 2018 /

El Peruano

Sanabria Suárez interpusieron recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo Nº 030-2016-CMPTS.E.O., bajo los mismos argumentos de su solicitud de vacancia. Pronunciamiento del Concejo Provincial Tambopata sobre el recurso de reconsideración de

Descargos del alcalde Alain Gallegos Moreno La autoridad edil cuestionada no formuló nuevos descargos, sin embargo, mediante escrito, del 16 de marzo de 2016 (fojas 82 a 97 del Expediente de Apelación Nº J-2016-00817-A01), había formulado su defensa respecto al extremo relacionado con la emisión de la garantía nominal otorgada a favor de la Sunat, sobre la base de los siguientes argumentos: a) Mediante Resolución de Alcaldía Nº 634-2015-MPT-A, del 16 de diciembre de 2015, se felicitó y reconoció a la banda musical "Raza Negra", la cual el 19 de dicho mes ofrecería un concierto en la ciudad de Tambopata. A efectos de llevar a cabo el citado concierto, la banda musical requería ingresar equipos de sonido y luces, razón por la cual se otorgó la Garantía Nominal Nº 002-2015/15-12-15. b) Luego de la presentación, se cumplió con la obligación de reexportar dichos equipos, tal como consta de la Notificación Nº 025-2015-SUNAT/3V0020, del 31 de diciembre de 2015, emitida por la Intendencia de Aduanas de Puerto Maldonado. c) Señala que dicha garantía nominal no vulnera el artículo 63 de la LOM, ya que no se ha contratado obras o servicios públicos municipales, tampoco se han rematado obras o servicios públicos municipales ni se está adquiriendo directamente o por interpósita persona bienes municipales. Aún más, dicha garantía se ha emitido al amparo del artículo 159 de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053. d) Finalmente, indica que los hechos referidos a la garantía nominal vienen siendo objeto de un proceso penal, tal como se desprende de la Disposición Fiscal Nº 02-2016-MP-FEDCF-MDD, del 3 de marzo de 2016, emitida en la Carpeta Fiscal Nº 36060155002015-142-0. Recurso de apelación Con fecha 5 de enero de 2017 (fojas 6 a 12 del Expediente de Apelación Nº J-2016-00817-A02), Elmer Martínez Isuiza y Raúl Anthony Sanabria Suárez interpusieron recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 084-2016-CMPT-S.E.O., sobre la base de similares argumentos a los expuestos en el recurso de apelación primigenio. Nuevo pronunciamiento del Supremo Tribunal Electoral El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución Nº 0168-2017-JNE, del 26 de abril de 2017 (fojas 360 a 369 del Expediente de Apelación Nº J-2016-00817-A02), resolvió: a) Declarar nulo el Acuerdo de Concejo Nº 084-2016-CMPT-S.E.O., de fecha 2 de diciembre de 2016, que rechazó el pedido de vacancia en el extremo relacionado con la emisión de la Garantía Nominal otorgada a favor de la Sunat. b) Devolver los actuados al Concejo Provincial de Tambopata, a efectos de que, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, luego de recabados los documentos relacionados con el trámite del régimen aduanero de la DUA Nº 000013-2015, vuelva a emitir pronunciamiento sobre el referido pedido de vacancia, debiendo proceder de conformidad con lo establecido en el considerando 8 de la citada resolución. c) Oficiar a la Intendencia de Aduana de Puerto Maldonado - Sunat, a efectos de que remita a este órgano electoral los documentos relacionados con el trámite del régimen aduanero de la DUA Nº 000013-2015. Nuevo pronunciamiento del Concejo Provincial de Tambopata sobre la solicitud de vacancia En la Sesión Extraordinaria Nº 002-2017-CMPT-SEO, del 31 de agosto de 2017 (fojas 140 a 142 y vuelta), el concejo municipal rechazó, por siete (7) votos en contra y tres (3) votos a favor, el pedido de vacancia en el extremo relacionado con la emisión de la garantía nominal otorgada

En la Sesión Extraordinaria Nº 002-2016-CMPT-SEO, del 26 de abril de 2016 (fojas 22 a 30 del Expediente Nº J-2016-00817-A01), el concejo municipal declaró, por cinco (5) votos a favor y cuatro (4) en contra, improcedente el recurso de reconsideración presentado en contra del Acuerdo de Concejo Nº 030-2016-CMPT-S.E.O., en vista de que no se aportó nueva prueba que permita desvirtuar el acuerdo impugnado. Dicha decisión se formalizó mediante Acuerdo de Concejo Nº 036-2016-CMPT-S.E.O. (fojas 20 y 21 del Expediente Nº J-2016-00817-A01). Recurso de apelación El 13 de mayo de 2016 (fojas 8 a 16 del Expediente Nº J-2016-00817-A01), Elmer Martínez Isuiza y Raúl Anthony Sanabria Suárez interpusieron recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Nº 036-2016-CMPTS.E.O., sobre la base de similares argumentos a los expuestos tanto en la solicitud de vacancia como en el recurso de reconsideración. Pronunciamiento del Supremo Tribunal Electoral El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución Nº 1155-2016-JNE, del 20 de setiembre de 2016 (fojas 257 a 266 del Expediente Nº J-201600817-A01), resolvió: a) Declarar infundado el recurso de apelación y confirmar el Acuerdo de Concejo Nº 036-2016-CMPTS.E.O., del 26 de abril de 2016, que rechazó el recurso de reconsideración del Acuerdo de Concejo Nº 030-2016-CMPT-S.E.O., del 16 de marzo del mismo año, que, a su vez, rechazó la solicitud de vacancia en el extremo relacionado con la designación y remoción de funcionarios de la EPS EMAPAT S.A. b) Declarar nulo el Acuerdo de Concejo Nº 036-2016-CMPT-S.E.O., del 26 de abril de 2016, que rechazó el recurso de reconsideración del Acuerdo de Concejo Nº 030-2016-CMPT-S.E.O., del 16 de marzo de ese mismo año, que, a su vez, rechazó la solicitud de vacancia en el extremo relacionado con la emisión de la garantía nominal otorgada a favor de la Sunat. c) Devolver los actuados al Concejo Provincial de Tambopata a efectos de que recabe la documentación requerida en el considerando 20 de la citada resolución, para que se convoque a sesión extraordinaria y vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de vacancia materia de autos, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalúe la conducta del alcalde de la citada comuna y, de ser el caso, del resto de integrantes de dicho concejo municipal, y proceda conforme a sus competencias. Nuevo pronunciamiento del Concejo Provincial de Tambopata sobre la solicitud de vacancia En la Sesión Extraordinaria Nº 005-2016-CMPTSEO, del 2 de diciembre de 2016 (fojas 52 a 54 del Expediente de Apelación Nº J-2016-00817-A02), el Concejo Provincial de Tambopata, por ocho (8) votos en contra y dos (2) votos a favor, rechazó la solicitud de vacancia en el extremo relacionado con la emisión de la garantía nominal otorgada a favor de la Sunat, en vista de no existir los medios probatorios detallados en los acápites i y ii del considerando 20 de la Resolución Nº 1155-2016-JNE. Dicha decisión se formalizó mediante el Acuerdo de Concejo Nº 084-2016-CMPT-S.E.O., de fecha 2 de diciembre de 2016 (fojas 50 y 51 del Expediente de Apelación Nº J-2016-00817-A02).

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