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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2018 (31/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2018 El Peruano / Que, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 071-2005-MP-FN-JFS, de fecha 03 de noviembre de 2005, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno, el mismo que establece en los artículos 20º, 24º y 40º, lo siguiente: Artículo 20.- Funciones de los Jefes de las O fi cinas Desconcentradas de Control Interno. El Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno tiene las siguientes funciones: (...) g. Proponer a la Ofi cina Central la medida de abstención en el ejercicio de la Función Fiscal; así como la sanción de fi nitiva de destitución, cuando fuere aplicable en los casos bajo su conocimiento. (...); Artículo 24 .- Sanciones Disciplinarias. Las sanciones disciplinarias que podrán aplicarse son: (...) Compete a los Órganos de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público proponer a la Junta de Fiscales Supremos, la destitución de manera expresa, fundamentada y motivada. La sanción de destitución, para su aplicación, se rige por lo establecido en la Ley Orgánica del Ministerio Público y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Artículo 40.- Conclusión del Procedimiento (...) Realizada la audiencia y con el informe previo de los integrantes de la sociedad civil, o sin éste, el Jefe del Órgano de Control Interno podrá expedir resolución de conformidad o con lo expuesto en el informe presentado y se procederá de la manera siguiente (...). Declarada fundada una queja y, consentida o resuelta la apelación, en caso que la sanción propuesta sea la destitución se elevará todo lo actuado a la Junta de Fiscales Supremos para el trámite legal correspondiente. Estando a lo expuesto, mediante Acuerdo Nº 4917, la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Ordinaria, de fechas 11 y 17 de enero de 2018, previo debate, deliberación y por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, Acordó Modi fi car el literal g. del Artículo 20º, los textos último y penúltimo de los artículos 24º y 40º respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público y de conformidad con el Acuerdo Nº 4917, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modificar, el literal g. del Artículo 20º, los textos último y penúltimo de los artículos 24º y 40º respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: “Artículo 20.- Funciones de los Jefes de las O fi cinas Desconcentradas de Control Interno. El Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno tiene las siguientes funciones: (...) g. Remitir a la O fi cina Central las propuestas de medida de abstención en el ejercicio de la Función Fiscal; así como la sanción de fi nitiva de destitución, para conocimiento y registro correspondiente; posterior a ello la O fi cina Central elevará el caso a la Junta de Fiscales Supremos, para las acciones legales que correspondan. En ningún caso podrá imponer directamente, la sanción de destitución, pues el único órgano competente es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo prescrito en el artículo 154º de la Constitución Política del Perú. Artículo 24.- Sanciones Disciplinarias. Las sanciones disciplinarias que podrán aplicarse son: (...) Compete a los Órganos Desconcentrados de la Fiscalía Suprema de Control Interno del Ministerio Público, remitir a la O fi cina Central las propuestas de destitución de manera expresa, fundamentada y motivada, para conocimiento y a efectos de que se realice su registro; posterior a ello la O fi cina Central elevará a la Junta de Fiscales Supremos, la destitución, para su correspondiente evaluación. (...)Artículo 40.- Conclusión del Procedimiento (...) Realizada la audiencia y con el informe previo de los integrantes de la sociedad civil, o sin éste, el Jefe del Órgano de Control Interno podrá expedir resolución de conformidad o con lo expuesto en el informe presentado y se procederá de la manera siguiente (...). Declarada fundada una queja y, consentida o resuelta la apelación, en caso que la sanción propuesta sea la destitución se remitirá todo lo actuado a la O fi cina Central para conocimiento y trámite correspondiente.” Artículo Segundo.- Disponer que la O fi cina Central de Tecnología de la Información, publique la presente Resolución en la Página Web de la Institución, para su respectiva difusión. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional y Jefes de las O fi cinas Desconcentradas de Control Interno de los Distritos Fiscales a nivel nacional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la NaciónPresidente de la Junta de Fiscales Supremos 1611855-1 Crean despachos y plazas fiscales en el Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 004-2018-MP-FN-JFS Lima, 29 de enero de 2018 VISTO y CONSIDERANDO: El ofi cio Nº 767-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 21 de diciembre de 2017, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, mediante el cual eleva la propuesta de dimensionamiento y distribución del personal fi scal y administrativo, correspondiente al segundo tramo presupuestal para la Implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao. Asimismo, informa que la O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto, mediante o fi cio Nº 2098-2017-MP-FN-GG/OCPLAP/02, de fecha 30 de octubre de 2017, le solicitó la desagregación del presupuesto correspondiente al segundo tramo presupuestal para la Implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, el cual asciende a un monto de S/. 18 267 908. 00 (dieciocho millones doscientos sesenta y siete mil novecientos ocho y 00/100 soles), de los cuales, entre otros, S/. 3 447 126. 00 (tres millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento veintiséis y 00/100 soles), están destinados a la partida 2.1 Personal y Obligaciones Sociales. En atención al pedido efectuado, con lo solicitado la Secretaría Técnica en mención informa que dicho presupuesto permitirá crear cinco (05) Fiscalías Provinciales Penales Corporativas adicionales a las nueve (09) existentes y una (01) Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio; asimismo, se fortalecerá la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Callao, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Callao y la Fiscalía Provincial Corporativa de Tránsito y Seguridad Vial del Callao. Además, comunica que el presupuesto indicado permitirá cubrir el dé fi cit de plazas fi scales y administrativas que no se cubrieron con el primer tramo presupuestal, lo que signi fi cará que las fi scalías provinciales penales corporativas del Distrito Fiscal del Callao contarán con el íntegro de asistentes en función