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1NORMAS LEGALES M IÉRCOLES 31 DE ENERO DE 2018Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONALAño XXXV - Nº 14388 SUMARIO PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 013-2018-PCM.- Declaran Estado de Emergencia en los distritos de Quichuas y Pichos de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica 1 DEFENSA R.M. N° 0120-2018-DE/SG.- Designan Jefe de Gabinete del Despacho Ministerial 2 R.M. N° 0121-2018-DE/SG.- Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa 2 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 015-2018-EF.- Aprueban los Ratios por actividad productiva y ni vel de ventas para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas correspondiente al ejercicio 2018 3 D.S. N° 016-2018-EF.- Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 para garantizar la continuidad de recursos para las acciones a cargo de la Autoridad para la Rec onstrucción con Cambios 3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran Estado de Emergencia en los distritos de Quichuas y Pichos de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica DECRETO SUPREMO Nº 013-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú prevé que son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;Que, asimismo, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio; Que, mediante O fi cio N° 196-2018-DGPNP/SEC, e Informe N° 002-2018-VI-MACREPOL/SEC-OFPLAAD, la Policía Nacional del Perú solicita al Ministro del Interior que se declare el Estado de Emergencia en los distritos de Quichuas y Pichos, provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, a fi n de asegurar el control del orden público y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer en dichas zonas; Que, habiéndose producido actos contrarios al orden interno que afectan el normal desenvolvimiento de las actividades de la población de los distritos señalados en el considerando precedente de la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica, resulta necesario adoptar las medidas constitucionalmente previstas para restablecer el orden interno;EDICIÓN EXTRAORDINARIA